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1.4.- FACULTAD

 REGLAMENTARIA.

















 • En México, la facultad
 reglamentaria, se ha

 apoyado en lo dispuesto
 por la fracción I del

 artículo 89 de la
 Constitución del 1857.

 • Las facultades y

 obligaciones del

 Presidente son las
 siguientes:

 • I. Promulgar y ejecutar las

 leyes que expida el
 Congreso de la Unión,

 proveyendo en la esfera
 administrativa a su exacta

 observancia;
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