Page 1393 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 1393

LA RAMA DE PRODUCCION NACIONAL EN EL MERCADO AISLADO
 (DAÑO GENERAL).
 Cuándo las importaciones en condiciones de discriminación de precios o de subsidios
 solamente, causan un daño importante, una amenaza de daño importante o un retraso
 importante, a la rama de producción nacional de una región del país importador, se puede
 realizar una investigación sobre prácticas desleales y, en su caso, imponer una cuota
 compensatoria. a esta figura se le conoce como mercado o “daño regional”. por lo anterior,
 excepcionalmente el territorio de un país puede estar dividido en dos o más mercado o
 regiones, y los productores de cada mercado o región puede considerarse como una rama de
 la producción distinta para efecto de una investigación por dumping o subvenciones, siempre
 y cuando se actualicen lossiguientes supuestos: que los productores de este mercado
 vendan la totalidad o la casi totalidad de su producción de la mercancía de que se trate en ese
 mercado, y que en ese mercado la demanda no esté cubierta en grado substancial por
 productores de la mercancía de que se trate en otro lugar del territorio, o bien que sea
 autosuficiente en la producción de la mercancía similar.
 5. DE EL CONCEPTO DE MERCANCÍA IDÉNTICA O SIMILAR Y SUS DOS APLICACIONES. Y
 ASÍ MISMO EXPLIQUE SU PERIODO ANALIZADO.
 El concepto mercancía idéntica o similar tiene dos aplicaciones: en ausencia de mercancía
 “idénticas” o “similar” a las importaciones no es posible argumentar que la producción
 nacional enfrenta un daño importante una amenaza de daño importante o un retraso
 importante como consecuencia de dichas importaciones, en virtud de que se trataría de
 mercancías o productos que ostentan “aspectos” o “características” que las hacen
 diferentes. De esta manera, se considera que un producto idéntico es aquel igual u otro en
 todos sus aspectos; en tanto que el producto similar es el que tiene características muy
 parecidas a otros, conforme a lo previsto en el ASMC que a la letra dice AA. Acuerdo sobre la
 aplicación del artículo v1 del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio,
 conocido como acuerdo antidoping. ASMC acuerdo sobre subvenciones y medidas
 compensatorias.
 6. ¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS A CONSIDERAR EN LA EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS
 DEL DUMPING O DE LA SUBVENCIÓN SOBRE UNA RAMA DE PRODUCCIO NACIONAL Y
 ¿PORQUE?
 Antes de evaluar los efectos de la discriminación de precios o de la subvención sobre una
 rama de producción nacional, se debe considerar el ciclo económico y las condiciones de la
 industria, y si se van a acumular las importaciones en condiciones de discriminación de
 precios o de subvenciones originarias de dos o más países
 7. DIGA USTED EL CONCEPTO DE DAÑO.
 Concepto de daño. Es la pérdida o menoscabo patrimonial o la privación de cualquier
 ganancia licita y normal que sufra, pueda sufrir la producción nacional de las mercancías de
 que se trate, o el obstáculo al establecimiento de nuevas industrias. Amenaza de daño es el
 peligro inminente y clara mente previsto de daño a la producción nacional…la reforma de la
 LCE del 13 de marzo de 2003, elimina las definiciones de dono y amenaza de daño, las cuales
 aun para cuando eran imprecisas, brindaban una idea del significado de dichos conceptos,
 por lo que en todo caso, se deberán haber perfeccionado y no eliminado. También es claro
 que la existencia de un daño o una amenaza de daño se tiene que demostrar considerando los
   1388   1389   1390   1391   1392   1393   1394   1395   1396   1397   1398