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El 7 de febrero de 1984 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Salud,
        reglamentaria del párrafo tercero del Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
        Mexicanos, iniciando su vigencia el 1o. de julio del mismo año.

        En la mencionada Ley se establecieron y definieron las bases y modalidades para el acceso a los
        servicios  de  salud,  así  como  la  distribución  de  competencias  entre  la  Federación  y  las  Entidades
        Federativas  en  Materia  de  Salubridad  General,  por  lo  que  resulta  pertinente  disponer  de  los
        instrumentos reglamentarios necesarios para el ejercicio eficaz de sus atribuciones;



        13. ¿QUÉ ENTIENDE POR SERVICIO MILITAR Y CUÁL ES SU LEY REGLAMENTARIA?


        El Servicio Militar Nacional se constituye en un instrumento eficaz del que dispone la Nación, que
        integrado a las Fuerzas Armadas, coadyuva en la seguridad y defensa de la Patria, así como a la
        realización  de  tareas  cívicas  y  sociales  que  tienden  al  desarrollo  del  País,  conformando  con  sus
        efectivos  una  sociedad  confiable  y  comprometida  en  la  consecución  de  los  objetivos  nacionales,
        todas ellas, establecidas como misiones a las Fuerzas Armadas tipificadas en sus respectivas Leyes
        Orgánicas, pero también contribuye a mantener reservas de calidad para una posible movilización de
        las reservas humanas para hacer frente a algún conflicto de carácter interno o externo, acorde con lo
        anterior, un plan de movilización involucraría necesariamente a todos los habitantes útiles de nuestra
        nación,  con  el  fin  de  crear  un  instrumento  castrense  eficiente,  tomando  como  base  la  profunda
        vocación de solidaridad de todos los mexicanos.

        Su Ley Reglamentaria es: Ley Orgánica Del Ejército y  Fuerza Aérea Mexicanos.



        14. INDIQUE SI EXISTE EL SERVICIO MILITAR PARA MUJERES.

        Participación de la Mujer:


        Con  la  iniciativa  de  la  mujer  joven  y  entusiasta,  se  busca  formalizar  su  participación  voluntaria,
        constituyendo una expresión de reconocimiento a sus derechos, valores cívicos, capacidades físicas
        e intelectuales y a su gran sentido de responsabilidad, bajo el programa de adiestramiento militar.

        Objetivo:

        Fomentar  la  participación  de  la  mujer  voluntaria  en  el  programa  de  adiestramiento  militar,  para
        proporcionarle los conocimientos básicos de la doctrina militar que les permitan desarrollar en ellas
        habilidades, valores y virtudes, con el fin de contribuir, en caso necesario, integradas a las fuerzas
        armadas a la defensa y necesidades del país.

        Dicha participación tiene los siguientes alcances:

        1.         Proporcionar los conocimientos básicos del adiestramiento militar.


        2.         Fomentar en las mujeres voluntarias el nacionalismo y el respeto a los símbolos patrios.
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