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6.2.- CONCEPTOS (DIVERSAS FUENTES DOCTRINALES







 En México, el Derecho del Trabajo está reglamentado con la
 idea de equilibrar el derecho del trabajo con los del capitas,

 y ello es normal, si se considera el hecho de que tanto el
 capital como el trabajo tienen derecho a la subsistencia. No
 puede negarse que en la Constitución y en la Ley Federal

 del Trabajo, existen disposiciones protectoras de la clase
 trabajadora. El Derecho del Trabajo tiene un fin inmediato
 que es la tutela de la clase trabajadora y otro fin mediato
 que el de la socialización de los instrumentos de la
 producción como medio para acabar de una vez por todas

 con la explotación del hombre por el hombre. Por lo tanto,
 para fines de nuestra materia, definiremos al Derecho del
 Trabajo como el Conjunto de Normas que regulan las
 relaciones entre trabajadores y patrones, derivadas de la

 prestación de un trabajo personal subordinado mediante el
 pago de un salario, con la finalidad de lograr un equilibrio y
 justicia social entre ellos . De esta manera el trabajador
 satisface sus necesidades mediante el salario de su trabajo
 y el patrón obtiene una utilidad razonable. De acuerdo a la

 LFT se entiende como trabajo a toda aquella prestación de
 un servicio personal subordinado, independiente del grado
 o preparación técnica requerida para esa arte, profesión u
 oficio “Llamado también derecho del trabajo, se define por

 la imposición de una actividad prevista de acuerdo a la rama
 industrial de la geografía de la que se está hablando
 estableciendo rangos de actividad totalmente diversas por
 este supuesto”. “Poder de las industrias sobre la mano de
 obra de los seres humanos”. “También llamado derecho

 económico social que debe establecer la distribución de
 riqueza de acuerdo al status social requerido”.
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