Page 524 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 524

CONCLUSION












          • En conclusión, la concepción que se


                va a defender en este trabajo es la



                del Derecho económico


                internacional como el ordenamiento



                jurídico de las relaciones


                económicas de los Estados y las



                organizaciones internacionales, pero


                también de los intercambios de



                bienes, servicios y factores de


                producción que realizan los


                particulares, incluyendo también los



                aspectos transfronterizos de las


                estructuras empresariales y



                estándares de producción.
   519   520   521   522   523   524   525   526   527   528   529