Page 730 - FLIP SEXTO TETRA V2
P. 730

4.1.3 SOLICITUDES DE



                             DEVOLUCIONES Y DE



                 CONDONACIÓN DE MULTAS.





              Artículo 22. .- Las autoridades fiscales devolverán las cantidades

              pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales.
              (Código Fiscal de la Federación)
                La condonación de multas es una
               forma de extinción de la obligación

               (como lo son también  el pago , la
               compensación , la prescripción ,  y la
               cancelación) ,  que en materia fiscal es
               una acción jurídica en virtud  del cual
               el Estado  unilateralmente y

               discrecionalmente perdona  el pago de
               un crédito fiscal, cuando la situación
               económica lo amerite y procede solo
               en casos especiales así lo establece  el

               (Art  39  y 74 del (Código Fiscal de
               la Federación))
   725   726   727   728   729   730   731   732   733   734   735