Page 808 - FLIP SEXTO TETRA V2
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CONCLUSION











                los principios que en materia tributaria aparecen consignados en la
               Constitución representan la guía suprema de todo el orden jurídico-
                   fiscal, debido a que las normas que integran dicha compilación
                     deben reflejarlo y respetarse en todo momento, ya que de lo

                 contrario se puede caer en la inconstitucionalidad de los actos de
               autoridad, y por lo tanto carecerían de validez jurídica, y ante ello los
               afectados están en su derecho de hacer valer los medios de defensa
                   previstos en la legislación conducente, como son, los recursos

                 administrativos, el juicio contencioso administrativo y el juicio de
               amparo, para evitar de esta manera la aplicación indebida de normas
                  o actos que contravengan los principios rectores de la potestad
                          tributaria y la vigencia de las garantías individuales"
               Al respecto, de este tema nos dice  lo relativo a la supremacía de los

                 principios tutelados por la constitución, ya que ésta es la base de
                                                 todo orden jurídico.
               · Que estos principios son de observancia obligatoria para el Estado,
                            en los tres órdenes de gobierno, en materia fiscal.
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