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OBJETIVO
• Es conveniente exponer algunos otros
conceptos, que pueden, de acuerdo al
temperamento de cada lector, afianzar una
cosmovisión más nítida y cabal sobre el
fenómeno procesal. Pero esto no es fácil,
porque la mayoría de autores sólo describen lo
que entienden por Derecho procesal, y le
atribuyen ciertos requisitos o elementos, que a
nuestro parecer no completan el significado
que buscamos entender de esta institución
jurídica. Así, tenemos a un que describe al
Derecho procesal como un conjunto de
normas y principios que “fijan el
procedimiento a seguirse” al utilizar el
Derecho positivo, y determinan las personas
que intervienen. Estas normas y principios
“regulan la función jurisdiccional del Estado”;
dicho en otros términos, “regulan la actividad
de administrar justicia del Estado”, y tienen su
relevancia en el fin perseguido, regular “la
manera de restablecer los derechos y las
situaciones jurídicas vulneradas”. Como se
puede apreciar, el Derecho Procesal categoriza
a las entidades que intervienen en un conflicto
de intereses y asegura un tratamiento del
fenómeno en controversia, garantizando
también un resultado.
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