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OBJETIVO














 • Es conveniente exponer algunos otros
 conceptos, que pueden, de acuerdo al
 temperamento de cada lector, afianzar una
 cosmovisión más nítida y cabal sobre el
 fenómeno procesal. Pero esto no es fácil,
 porque la mayoría de autores sólo describen lo
 que entienden por Derecho procesal, y le
 atribuyen ciertos requisitos o elementos, que a
 nuestro parecer no completan el significado
 que buscamos entender de esta institución
 jurídica. Así, tenemos a un  que describe al
 Derecho procesal como un conjunto de
 normas y principios que “fijan el
 procedimiento a seguirse” al utilizar el
 Derecho positivo, y determinan las personas
 que intervienen. Estas normas y principios
 “regulan la función jurisdiccional del Estado”;
 dicho en otros términos, “regulan la actividad
 de administrar justicia del Estado”, y tienen su
 relevancia en el fin perseguido, regular “la
 manera de restablecer los derechos y las
 situaciones jurídicas vulneradas”. Como se
 puede apreciar, el Derecho Procesal categoriza
 a las entidades que intervienen en un conflicto
 de intereses y asegura un tratamiento del
 fenómeno en controversia, garantizando
 también un resultado.
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