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EDITORIAL
DERECHO
MINERO,
AMBIENTAL
Y DE LOS
RECURSOS
ENERGÉTICOS
E l Perú es un país privilegiado, “(...) un mendigo sentado en un banco de oro”. Lo describió así, al
guna vez, Antonio Raimondi, y hoy en día lo cotejamos en el estudio de fuentes bibliográficas y
en nuestro propio conocimiento empírico. Desde la proclamación de aquella célebre frase, hasta el
día de hoy, nuestra economía se ha desarrollado a grandes pasos, lo que depende, en parte, de las
condiciones internacionales para la exportación de los bienes que podemos extraer de nuestros
recursos naturales y, de igual manera, de nuestra manera de aprovecharlos.
Entre los recursos naturales que nuestro país posee, la minería ocupa un rol principal en nuestra
economía. Un ejemplo claro de ello es que, según el Ministerio de Energía y Minas, la cartera
estimada de inversiones mineras para los próximos años, sin contar las minas económicamente
activas, se encuentra compuesta por cuarenta y seis (46) proyectos, cuyo monto bordea los
US$ 45.600 millones.
En base las estadísticas indicadas por el Instituto Peruano de Economía, la minería representa más
del 50% de las divisas, el 20% de la recaudación fiscal, el 11% del Producto Bruto Interno, entre
otros porcentajes de suma relevancia para el país. Dejamos pues, en evidencia, estimado lector,
la presencia, importancia e impacto de la minería en nuestro país.
Adicionalmente, la minería no solo es de gran importancia económica, sino que genera una gran
incidencia en el ámbito social, en tanto conlleva diversas confrontaciones sociales a nivel regional
y nacional, afectaciones ambientales, especificaciones laborales, desarrollo social, entre otros,
generando un reto para el legislador a fin de equilibrar los intereses de los stake holders con el
desarrollo económico, siguiendo los parámetros internacionales del desarrollo sostenible.
En ese sentido, para que cualquier sector del país funcione y permita el desarrollo económico
necesita que el Derecho cree condiciones para ello; el legislador debe crear normas eficientes
que permitan el intercambio económico y que sean promotoras de competitividad. En esta línea,
la minería estuvo, desde los inicios de nuestra República, regida por Ordenanzas de Minería de
España, sin perjuicio de otras normas específicas para su regulación1. En las últimas décadas, y en 1
co
S
o
§
1. MORALES DASSO, José Miguel y MORANTE BRIGNETI, Africa. "Aciertos y debilidades de la Legislación Minera Q
actual". En: Circulo de Derecho Administrativo. Edición 8. Lima, 2009. Página 137.
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