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específico en junio del año 1981, el presidente BelaundeTerry promulgó el Decreto Legislativo N°
                109, Ley General de Minería, vigente a día de hoy, por medio de su Texto Único Ordenado, aprobado
                por Decreto Supremo N ° 014-92-EM publicada el 4 de junio del año 1992.

                En  ese  sentido,  el  desarrollo de  la  actividad  minera  genera dudas  importantes que  no  pueden
                resultar indiferentes para la doctrina y para nosotros, estudiantes de derecho, quienes de alguna
                manera debemos contribuir a responder cuál es la posición que el Derecho debe tomar frente al
                vaivén de acontecimientos que impactan la actividad minera, cómo debe ser el marco regulatorio
                que nos permita desarrollar una actividad minera competitiva y adecuada; cómo hacer frente a los
                conflictos sociales o barreras burocráticas que frenan el crecimiento o de qué manera optimizar el
                actual marco normativo para continuar acrecentando esta industria.

                Es por ello que, en  nuestra trigésima  quinta edición, ADVOCATUS se complace en  presentar un
                especial de Derecho Minero, el cual cuenta con una amplia temática  de artículos que, habiendo
                comprendido  la  premisa  que señala  la  importancia  de  la  actividad  minera  para  el  Perú, ofrece
          Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                distintos puntos de vista en torno a medidas que buscan promocionar dicha industria. Asimismo,
                desarrolla temas de actualidad, como aquellos relacionados a la minería ilegal y conflictos sociales,
                llegando a  exponer reflexiones en torno a  la  manera en  que el  ordenamiento jurídico nacional
                regula dicha actividad, proponiendo modificaciones e importantes observaciones sobre una rama
                tan relevante de la sociedad.

                De esta manera, cumplimos con publicar un editorial más de nuestra Revista ADVOCATUS, la que,
                con el  paso de los años, se ha logrado consolidar en el mercado como una revista de excelencia
                puesta a disposición de los lectores, a fin de promover la investigación jurídica. Siguiendo dicho
                fin, desde el año pasado hemos alcanzado la indexación acreditada por las instituciones LATINDEX
                y DIALNET, en sus versiones directorio como catálogo, reconociendo de esta manera la reputación
                que hemos ganado con el transcurso de los años.

                Solo deseo terminar esta breve introducción agradeciendo a todos aquellos que han hecho posible
                esta  publicación: a toda  la Asamblea General de  la  Revista ADVOCATUS, quienes,  con  su  apoyo
                incondicional, a pesar de los inagotables esfuerzos por sobrellevar los estudios en conjunto con
                las  prácticas pre-profesionales, han podido dedicar de su limitado tiempo para apoyar a  las dis­
                tintas actividades desarrolladas durante el ciclo académico; a la Comisión de Edición, principales
                encargados de la publicación de la Revista, mostrando un intachable esfuerzo desde la elección
                de un tema tan necesario de analizar como es el del presente especial, la elección de excelentes
                ponentes, referentes en sus áreas de desarrollo,  hasta  la corrección final de la  presente edición;
                a todos aquellos autores  por la  contribución, investigación y el tiempo empleado en aras de la
                publicación de la presente edición. A todos ellos, mi incondicional agradecimiento para ello que
                en algún momento fue una ilusión y hoy es realidad: la trigésima quinta edición de ADVOCATUS.



                                                                         Rodrigo E. Montero Montoya
                                                                               D irector G eneral
                                                                             Revista ADVOCATUS
          AD VO C ATU S  135













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