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b) Contratos Preparatorios: c) Protegerse contra el uso indebido de la «
información confidencial y/o de las nego z z :
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(i) Contrato de Opción - artículo 165° del ciaciones en sí mismas.
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TUO -. En virtud al cual el titular de una
concesión se obliga incondicional e De lo descrito se desprende con claridad que OO
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irrevocablemente a celebrar en el futuro los convenios de confidencialidad tienen por
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un contrato definitivo, siempre que el principal utilidad permitir que una de las partes NACIONAL
opcionista ejercite su derecho a ello. (en adelante la "Parte Reveladora") - o ambas -
revele a la otra información confidencial que
c) Contratos Accesorios: permita coadyuvar a una correcta e informada
evaluación, a efectos de decidir la formalización
(i) Hipoteca - artículo 172 y ss del TUO - : de una relación comercial y contractual, pero
En virtud al cual el titular de una conce asegurándose que dicha información no será
sión puede constituir hipotecas sobre revelada por la parte receptora (en adelante la
concesiones inscritas en el registro "Parte Receptora") a ningún tercero, y menos IZ
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público de minería. aún será utilizada indebidamente en su prove
cho y en perjuicio de la Parte Reveladora. u
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III. CONVENIOS DE CONFIDENCIALIDAD "O
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2. Formas de los Convenios de
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1. ¿Cuál es el objeto o utilidad de los Confidencialidad y disposiciones más OI
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convenios de confidencialidad? importantes que suelen ser incluidas. c
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Conforme a lo señalado en la introducción del Son dos las formas más habituales que en la ■O
presente artículo, la negociación de alguno de práctica suelen adoptar este tipo de convenios: O
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los contratos mineros expuestos en el capítulo u
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precedente suele iniciarse con la suscripción de un a) Unilateral- Aquella en la que sólo una de las 0)
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Convenio de Confidencialidad o Non Disclosure partes se compromete frente a la otra a mante cu
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Agreement - NDA - por el que las partes se com ner como confidencial la información recibida. TJ
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prometen a guardar y tratar como confidencial de
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terminada información revelada por la otra parte. b) Bilateral.- Aquella en la que ambas partes ro
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se comprometen una frente a la otra a
En efecto, las primeras conversaciones que mantener como confidencial la información QJ
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mantienen las partes, aunque sean a un nivel recibida. i/>
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muy informal, puede requerir el que una de ellas £
o ambas revelen o pongan a disposición de la Entre las disposiciones más importantes que ro
otra determinada información que se requiere deben contener los Convenios de Confidencia o
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sea mantenida en confidencialidad, o incluso lidad tenemos las siguientes: ro
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que se mantenga en confidencialidad el mismo ro
hecho de estar negociando. 1. Definir aquello que debe ser entendido por T5
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información confidencial - ver numeral 3.3. ro
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Dentro de los principales objetivos que se busca 2. Definir aquello que no será considerado
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alcanzar mediante la suscripción de los convenios como información confidencial - ver nume cc
de confidencialidad tenemos los siguientes: ral 3.4.
3. Definir el uso que se le podrá dar a la infor
h'.
a) Permitir la revisión de información confi mación confidencial - ver numeral 3.5. CN
dencial 4. Definir el Área de Interés - ver numeral 3.6. g
5. Definir las personas que tendrán acceso a la
b) Protegerse contra la divulgación no autori información confidencial y establecer que 2
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zada de la información confidencial y/o de éstas quedarán vinculadas a las obligacio Q
las negociaciones en sí mismas. nes de confidencialidad.
L o s a c u e r d o s d e c o n f i d e n c i a l i d a d e n l a c o n t r a t a c i ó n m i n e r a 3 3 9