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(iv) Sistema Complementario: instalaciones por a. Partes: el Estado Peruano, representado
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iniciativa propia de uno o varios Agentes' por Ministerio de Energías y Minas, y el < «
y aquellas no incluidas en el Plan deTrans- adjudicatario de la concesión. VAJ
misión. El sistema complementario com LLLU
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prende las instalaciones cuya concesión se b. Operador técnico: Existe la obligación de (/XAS)
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otorgó a partir de julio de 2006. que un Operador Técnico calificado por
DERECHO
PROINVERSION, mantenga una participa REGULATORIO:
REGULACION
Respecto a las líneas de transmisión cuya puesta ción mínima (suele ser de 25%) del capital POR SECTORES
en operación ocurrió después de julio de 2006, suscrito y pagado de la sociedad concesio
éstas formaron parte del nuevo régimen creado naria que constituya el adjudicatario, hasta
por la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente el año 10 de la operación comercial. Esta
de Generación Eléctrica ("LDEG"). La LDEG dejó obligación tiene como finalidad garantizar
atrás el régimen del sistema principal y secun la continuidad y fiabilidad de la prestación
dario, y aprobó un nuevo marco regulatorio para del servicio.
incentivar el desarrollo de instalaciones del SGT m
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y del sistema complementario. c. Objeto: El adjudicatario se obliga a di
señar, financiar, suministrar los bienes y Oí
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III. LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN SGT servicios requeridos, adquirir los terrenos ■o
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y derechos de servidum bre, construir,
En relación a las instalaciones que forman parte operar y mantener la línea eléctrica, así n
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del SGT, la LDEG y el Reglamento deTransmisión como prestar todo el servicio. El adjudica c
establecieron un régimen de acceso al mercado tario deberá definir entre otros aspectos,
distinto a otro tipo de instalaciones eléctricas. En la ruta y el alineamiento que seguirá la <v
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efecto, se estableció un régimen de licitaciones línea de transm isión, sobre la base de 0
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para las instalaciones del SGT, las cuales han unos parámetros definidos en el respec <u
venido siendo encargadas por el Ministerio de tivo Contrato BOOT. cu
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Energía y Minas a PROINVERSIÓN. 01
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d. Plazo: Comprende tanto el periodo de T3
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Como consecuencia del desarrollo del proceso de construcción que se inicia en la fecha de
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licitación, se adjudican proyectos de implemen- cierre como el periodo que dura la opera 03
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tación de una línea del SGT a favor de un deter ción comercial (esto es, en su generalidad, —
minado adjudicatario a través de la suscripción 30 años contados a partir del inicio de la T3 Oí
de un contrato de concesión bajo la modalidad operación comercial). i/i O
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"Build, Opérate, Owrt and Transfer - BOOT". E
e. Requisitos necesarios para la operación D
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El adjudicatario se obliga a efectuar las activi comercial: O
o.
dades de diseño, financiamiento, construcción, 03
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operación y mantenimiento de la línea del SGT • Que OSINERGMIN apruebe el informe final ra
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durante el plazo de vigencia de la concesión (un tras la verificación del cumplimiento de los ~o
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plazo estimado de 30 años). parámetros técnicos de la línea. re
• Que el COES apruebe la integración de la >
1. Los contratos BOOT. línea al SEIN. cc ai
• Que el COES apruebe al adjudicatario como
Los principales aspectos (cláusulas típicas) a miembro de dicho organismo.
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ser considerados en un Contrato BOOT son los en
siguientes: f. Obligaciones del adjudicatario:
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§
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1. Denominación genérica dada al conjunto de generadores, transmisores, distribuidores y usuarios libres.
A s p e c t o s e s p e c i a l e s d e l s i s t e m a g a r a n t i z a d o d e t r a n s m i s i ó n e l é c t r i c a 5 3