Page 36 - HIPOTECA BANCAJA
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lencia.
Asimismo, se informa a los intervinientes per
sonas físicas la obligación de BANCAJA de propor
cionar a la CENTRAL DE INFORMACIÓN DE RIESGOS DEL
BANCO DE ESPAÑA, los datos necesarios para identi
ficar a las personas con quienes se mantengan, di
recta o indirectamente, riesgos de crédito, las ca
racterísticas de los mismos, en particular, las que
afecten a su importe y recuperabilidad o de aque
llos datos que reflejen una situación de incumpli
miento de las obligaciones contraídas, de conformi
dad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley
44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma
del Sistema Financiero; en el caso de riesgos de
empresarios individuales actuando en el ejercicio
de su actividad empresarial, se hará constar tal
condición. La información sólo podrá ser cedida a
otras entidades financieras que formen parte del
mismo grupo consolidable o cuando sea necesaria pa
ra asegurar el efectivo cumplimiento de la normati
va sobre concentración de riesgos, requerimientos
de solvencia o recursos propios que exijan las nor
mas. Los intervinientes que figuren como titulares
de un riesgo declarable a la CENTRAL DE INFORMACIÓN