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TEMA IV



                                 LA PENALIDAD EN EL PROCESO.



                DIVERSOS TIPOS DE SANCIONES EN EL DERECHO PENAL MEXICANO.


                En  lo  que  atañe  a  la  imposición  de  las  penas  y  medidas  de
                seguridad las que podrá imponer el juzgador son las señaladas

                de matera limitativa en el Art. 24 Código Penal Federal, y para
                fijar  los  tiempos  de  duración  de  la  pena  debe  atenderse  a  los

                artículos 25 del CPFP


                EJECUCIÓN DE LAS PENAS.


                 En  términos  generales  según  Gómez  Lara  la  Ejecución  de  las  penas  se  entiende  por  la
                materialización de lo ordenado por el tribunal a efecto que tenga cumplimiento en la realidad lo

                establecido en la sentencia, la intervención de los órganos administrativos en la ejecución de la
                sentencia penal debe interponerse como una forma de auxilio prestado por los órganos de un

                Poder del Estado a otro para facilitar el cumplimiento de sus fines, el órgano administrativo no

                hace  otra  cosa  que  poner  en  ejercicio  la  voluntad  del  órgano  jurisdiccional  expresada  en  la
                resolución de que se trate.


                 Dictada la sentencia el juez e en la misma persona, como sujeto activo del delito se refiere al

                que participo de algún modo en la comisión del delito en cualquier modalidad. Mientras que el
                inculpado  puede  ser  una  persona  que  no  participo  en  el  delito  una  víctima  del  error  o  la

                calumniPROCESAL mas bien es parte de la readaptación social, que se promueve a partir del
                Art. 18 constitucional


                 LA CONDENA CONDICIONAL Y LA SUSTITUCIÓN DE LA PENA.


                Los sustitutivos de la pena de prisión, son el trabajo en favor de la víctima o de la comunidad, o

                semilibertad, el tratamiento en libertad, la multa conforme al artículo 70 CPF y 90 del mismo
                código  y  conmutación  de  sanciones  Por  la  condena  condicional  en  cambio  el  sentenciado
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