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TEMA III



                                      LAS PARTES DEL PROCESO



                EL OFENDIDO Y SU PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO MEXICANO.


                Es el titular del bien Jurídico tutelado por la ley y puede ser cualquier individuo incluyendo a los
                inimputables,  a  las  personas  morales  o  al  no-nato,  tanto  en  la  integridad  física  como  en  la

                patrimonial, honra o dignidad, el concepto se tutela desde el artículo 20 constitucional. Apartado
                C El código Federal De Procedimientos Penales establece las garantías del ofendido:


                 a.- Recibir asesoría jurídica Art 141 CFPP


                 b.- Coadyuvar con el MP Art 141 CFPP


                c.- a que se le preste atención médica de urgencia cuando lo requiera


                d.- a que se le satisfaga la reparación del daño cuando lo requiera


                e.- No careos con el ofensor si la víctima es menor o por violación o secuestro


                f.- A solicitar seguridad y auxilio

                EL INCULPADO O PROCESADO.


                El principal actor en la relación procesal surge en el momento mismo en el que a alguien se le

                atribuye en la denuncia o querella, participación en la realización del delito. Hay que distinguir
                el sujeto activo del delito con el inculpado lo que a menudo recaisibilidad.- representa la unidad

                en sus agentes.


                 Irrecusabilidad.-  nicipo  de  algún  modo  en  la  comisión  del  delito  en  cualquier  modalidad.
                Mientras que el inculpado puede ser una persona que no participo en el delito una víctima del

                error o la calumnio el artículo 20 constitucional también le da ciertas garantías en su enciso A y

                B.
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