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TEMA III
LAS PARTES DEL PROCESO
EL OFENDIDO Y SU PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO MEXICANO.
Es el titular del bien Jurídico tutelado por la ley y puede ser cualquier individuo incluyendo a los
inimputables, a las personas morales o al no-nato, tanto en la integridad física como en la
patrimonial, honra o dignidad, el concepto se tutela desde el artículo 20 constitucional. Apartado
C El código Federal De Procedimientos Penales establece las garantías del ofendido:
a.- Recibir asesoría jurídica Art 141 CFPP
b.- Coadyuvar con el MP Art 141 CFPP
c.- a que se le preste atención médica de urgencia cuando lo requiera
d.- a que se le satisfaga la reparación del daño cuando lo requiera
e.- No careos con el ofensor si la víctima es menor o por violación o secuestro
f.- A solicitar seguridad y auxilio
EL INCULPADO O PROCESADO.
El principal actor en la relación procesal surge en el momento mismo en el que a alguien se le
atribuye en la denuncia o querella, participación en la realización del delito. Hay que distinguir
el sujeto activo del delito con el inculpado lo que a menudo recaisibilidad.- representa la unidad
en sus agentes.
Irrecusabilidad.- nicipo de algún modo en la comisión del delito en cualquier modalidad.
Mientras que el inculpado puede ser una persona que no participo en el delito una víctima del
error o la calumnio el artículo 20 constitucional también le da ciertas garantías en su enciso A y
B.