Page 28 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
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Las empresas que lleven a cabo actividades de construcción, acarreo, limpieza, o que por
cualquier concepto requieran arrendar equipo de transporte de carga deberán deducir del
arrendamiento y enterar a la Municipalidad de Puerto Cortes directamente el cobro arriba
descrito por cada vehículo arrendado.
Los demás negocios pagarán de conformidad a los ingresos declarados.
6. Por el servicio de Recolección de Basura a los Barcos se cobrará:
Valor en US$ o
Descripción
su equivalente en L.
De 1 a 10 bolsas de basura tipo jardinería 100.00
Después de 10 bolsas de basura (tipo jardinería) en adelante 150.00
Por el servicio de recolección de basura a los barcos Turistas 200.00
ARTÍCULO 46. La Corporación está facultada para establecer convenios con personas naturales o
jurídicas que demanden un servicio mayor o especial para la recolección de basura u otros servicios, en
cuyo caso se debe convenir con los interesados el valor adicional que deben pagar por el servicio.
El mismo procedimiento se aplicará para servicios de limpieza especial a ferias, espectáculos públicos,
circos, exposiciones, juegos mecánicos y afines que deben ser pagados por anticipado.
ARTÍCULO 47. Las empresas comerciales, industriales o de otra índole, y particulares que hagan uso
periódicamente del Relleno Sanitario transportando y depositando por su propia cuenta y riesgo los
desechos/residuos sólidos deberán de presentar Permiso Ambiental correspondiente, emitida por la
D.M.A. y además pagar la tarifa que a continuación se describe:
1) PAGO POR UTILIZACIÓN DE RELLENO SANITARIO. Cada vez que utilice el relleno sanitario se pagará
las tarifas siguientes:
Tipo de vehículo Valor a pagar (L.)
Pick up 300.00
Camión, volqueta hasta 5 mts. 500.00
Camión, volqueta de más de 5 hasta 10 mts. 600.00
Camión, volqueta de más de 10 hasta 15 mts. 800.00
Contenedor de 20 pies 20.000.00
Contenedor de 40 pies 40,000.00
Los vehículos que transporten desechos provenientes de otros Municipios deberán ser autorizados por
la D.M.A. y el Operador del Relleno Sanitario; quienes fijarán el valor del permiso ambiental y el pago
por el tratamiento de los desechos sólidos que dependerá de la composición, volumen o peso,
embalaje entre otros.
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