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                 TRAMITACIÓN  DE  LOS  RECURSOS  ADMINISTRATIVOS  EN  MATERIA

            Trámite  del  Recurso  de      Segunda etapa       dentro  del  plazo  de  cinco
            Revocatoria.              el  funcionario  ante  quien  (5)  días  hábiles.  Por  otra
                 Primera  etapa      se  interponga  el  recurso  parte,  en  caso  que  éste
            el  recurso  se  interpondrá  de  revocatoria,  se  debe  órgano  lo  denegare,  éste
            por  escrito  por  el  contri-  de  limitar  únicamente  a  deberá  de  razonar  dicho
            buyente o el responsable,  conceder  o  denegar  el  rechazo.
            o  por  su  representante  trámite de este. De estas     Tercera etapa
            legal,  ante el funcionario  dos  acciones  se  estable-  habiendo  sido  remitida  la
            que  dictó  la  resolución  ce  que  en  caso  de  ser   revocatoria a la  Secretaría
            (…)  dentro  del  plazo  de  concedido el trámite, este   del Directorio de la Super-
            diez  (10)  días  hábiles,  mismo  órgano  no  podrá   intendencia  de  Administra-
            contados  a  partir  del  día  seguir  conociendo    del   ción Tributaria, se  le corre
            siguiente  al  de  la  última  expediente  ya  que  está   audiencia  por  el  plazo  de
            notificación.  Si  no  se  in-  obligado  a  elevar  las  ac-  treinta  días  hábiles  para
            terpone el recurso dentro  tuaciones al Directorio de   recabar  dictamen  de  la
            del  plazo antes citado, la  la Superintendencia de la   Asesoría Técnica de dicho
            resolución quedará firme    Administración  Tributaria
            artículo  154  del  código  o  al  Ministerio  de  Finan-  órgano.
            tributario                zas Públicas, en su caso,




             Cuarta etapa            cias  conferidas,    sin  que  se   al cual se le denegó el trami-
                                      haya dictado una resolución.   te en una primera solicitud.
         Es  necesario  que  el  expediente
         se considere en estado de resol-  Trámite del Ocurso.         Segunda etapa
         ver para que transcurridos treinta      Primera etapa   Luego  de  interpuesto  el
         días  el  Directorio  de  la  Superin-  Cuando el órgano administra-  ocurso,  el  Directorio  de  la
         tendencia  de  Administración  Tri-  tivo  tributario  deniegue  el  trá-  Superintendencia  de  Admi-
         butaria  resuelva  el  recurso,  re-  mite  del  recurso  de  revocato-  nistración Tributaria le remi-
         chazando, confirmando, revocan-  ria,  la  parte  agraviada  cuenta   te  el  ocurso  al  órgano  que
         do,  modificando  o  anulando  la   con el plazo de tres días hábi-  denegó el trámite de la revo-
         resolución recurrida.        les  a  partir  de  la  notificación   catoria  para que éste  emita
         Cabe hacer la aclaración que se   de  dicha  denegatoria  para   un  informe  al  respecto  o
                                                                  bien  envíe  el  expediente
         considera  que  el  recurso  se  en-  ocurrir ante el Directorio de la   original, en caso de ser ne-
         cuentra  en  estado  de  resolver   Superintendencia de Adminis-  cesario,  dentro  de  cinco
         cuando  transcurren  treinta  días,   tración Tributaria con  el fin de   días hábiles perentorios.
         luego  de  finalizar  el  período  se-  solicitar que se conceda trámi-
         ñalado  para  evacuar  las  audien-  te al recurso de revocatoria al



                 Tercera etapa       toria hecha por el órgano  Como  fundamento  legal
            luego  de  haber  recabado   administrativo inferior, por  del  presente  trámite  se
            y analizado la información   lo que se entrará  ac ono-  precisa  aclarar  que  éste
            relacionada,  el  Directorio   cer del recurso interpues-  se encuentra regulado en
            de  la  Superintendencia   to. Por otra parte, en caso  los  artículos  155  y  156
            de  Administración  Tribu-  que  el  Directorio  declare  del   Código   Tributario,
            taria  puede  resolver  el   sin  lugar el ocurso, al  in-  Decreto 6-91 del Congre-
            ocurso  de  dos  maneras.   teresado  o  ocurrente  se  so  de  la  República  de
            En  caso  de  fallar  decla-  le  debe  de  imponer  una  Guatemala.
            rando con lugar el ocurso   multa  de  mil  quetzales
            se  deduce  que  procede   ordenando que se archive
            cuando  se  considere  im-  el expediente y por lo tan-
            procedente  la  denegato-  to, la resolución impugna-
            rio de recurso de revoca-  da quedará firme.
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