Page 32 - Ejercicio de Autogestion.
P. 32

Salvo pacto en contrario, será Presidente del Consejo el Consejero primeramente

               nombrado, y a falta de éste el que le siga en el orden de la designación.

               Para que el Consejo de Administración funcione legalmente deberá asistir, por lo
               menos, la mitad de sus miembros, y sus resoluciones serán válidas cuando sean

               tomadas por la mayoría de los presentes.

               En caso de empate, el Presidente del Consejo decidirá con voto de calidad.

               En los estatutos se podrá prever que las resoluciones tomadas fuera de sesión de
               consejo, por unanimidad de sus miembros tendrán, para todos los efectos legales,

               la misma validez que si hubieren sido adoptadas en sesión de consejo, siempre que
               se confirmen por escrito.

               Cualquier accionista podrá denunciar por escrito a los Comisarios los hechos que

               estime irregulares en la administración, y éstos deberán mencionar las denuncias
               en sus informes a la

               Asamblea General de Accionistas y formular acerca de ellas las consideraciones y

               proposiciones que estimen pertinentes.

               Cuando por cualquier causa faltare la totalidad de los Comisarios, el Consejo de

               Administración deberá convocar, en el término de tres días, a Asamblea General

               de Accionistas, para que ésta haga la designación correspondiente.

               La Asamblea General de Accionistas es el Organo Supremo de la Sociedad; podrá
               acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta y sus resoluciones serán

               cumplidas por la persona que ella misma designe, o a falta de designación, por el
               Administrador o por el Consejo de

               Administración. En los estatutos se podrá prever que las resoluciones tomadas
               fuera de asamblea, por unanimidad de los accionistas que representen la totalidad

               de las acciones con derecho a voto o de la categoría especial de acciones de que se
               trate, en su caso, tendrán, para todos los efectos legales, la misma validez que si
               hubieren sido adoptadas reunidos en asamblea general o especial,

               respectivamente, siempre que se confirmen por escrito. En lo no previsto en los
               estatutos serán aplicables en lo conducente, las disposiciones de esta ley.
   27   28   29   30   31   32   33   34   35   36   37