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Reglamento Interno 2020
4. Promover entre los estudiantes el diálogo, el debate y la reflexión acerca de temas
relevantes o de su interés.
5. Atender u orientar a los padres en su labor formativa; manteniéndolos informados
sobre las potencialidades, logros y dificultades de sus hijos.
6. Realizar, con apoyo del psicólogo o trabajador social, seguimiento a casos de
estudiantes con problemas académicos y/o socioemocionales de su sección.
Art. 28°. FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA.
El responsable de convivencia de la institución educativa es nombrado por el director y
forma parte del Comité de Tutoría y Orientación Educativa. Sin perjuicio de lo señalado
en el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia
en las Instituciones Educativas, las funciones del responsable de convivencia son las
siguientes:
1. Coordinar la ejecución de las actividades de convivencia escolar programadas en
el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar.
2. Coordinar las acciones de promoción de la convivencia escolar, prevención y
atención de casos de violencia. Para esto último se tendrá en cuenta los Protocolos
para la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes.
3. Velar por el respeto y cumplimiento de las Normas de Convivencia de la institución
educativa y del aula.
4. Garantizar el ejercicio de la disciplina basada en un enfoque de derechos, sin
ningún tipo de castigo físico ni humillante.
5. Coordinar con la UGEL todo lo relacionado a la gestión de la convivencia escolar.
6. Registrar, tanto en el portal SíseVe como en el Libro de Registro de Incidencias,
los casos de violencia que se den en la institución educativa.
7. Reportar trimestralmente al coordinador de tutoría las acciones de convivencia
escolar desarrolladas.
Art. 29°. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN
Los Auxiliares de Educación son considerados como personal docente con título
pedagógico en servicio, no interfieren ni equivalen a las funciones propias del profesor
de aula y/o por horas. Depende directamente del Director. Sus obligaciones son:
1. Apoyar a los profesores de turno en el desarrollo de actividades de vigilancia de la
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA “URIEL GARCIA” – SANTA TERESA