Page 24 - RI (REGLAMENTO INTERNO) UG - SANTA TERESA - 2020
P. 24
Reglamento Interno 2020
7. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de
la Institución Educativa.
Art. 23. FUNCIONES DEL PERSONAL DE VIGILANCIA
MISIÓN DEL CARGO:
Cautelar la integridad de la infraestructura, equipos, materiales, espacios y ambientes
de aprendizaje, así como de la comunidad educativa.
FUNCIONES:
1. Registro y control del ingreso y salida de las personas en la institución educativa.
2. Verificar y registrar el ingreso y salida de los bienes mobiliarios, materiales y
equipos de la institución educativa, asimismo, los espacios y ambientes y las
personas que se encuentren dentro del local escolar.
3. Controlar y registrar el movimiento de materiales, herramientas, equipos y bienes
de la IE.
4. Efectuar la identificación de las personas en el acceso y en el interior de la
institución educativa.
5. Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la institución
educativa.
6. Detectar y prevenir actos de violencia o de transgresión en la Institución educativa.
7. Realizar recorridos dentro de la institución educativa de forma periódica (cada dos
horas) durante la jornada laboral para fortalecer las estrategias de seguridad.
8. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de
la Institución educativa.
Art. 24. FUNCIONES DEL PSICÓLOGO O TRABAJADOR SOCIAL
MISIÓN:
Brindar soporte socioemocional al equipo directivo y actores de la comunidad educativa
para la mejora de las prácticas y acciones de convivencia democrática e intercultural de
la IE y de la Atención Tutorial Integral.
FUNCIONES:
1. Apoyar la formulación de estrategias para la promoción de la Convivencia
Democrática e Intercultural en la IE.
2. Acompañar al coordinador de tutoría en el establecimiento y monitoreo de las
acciones de tutoría.
24
INSTITUCIÓN EDUCATIVA “URIEL GARCIA” – SANTA TERESA