Page 14 - Revista de Biología Quinto A
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Página 14 Volumen 1, nº 1
Aspectos Legales, Éticos y Morales
La ley de la reproducción medicamente De todo esto se desprende que, a la hora de estable-
asistida o mejor llamada Ley de La repro- cer leyes y regulaciones que definan la política interna
ducción humana asistida, la cual fue trata- en materia de reproducción, cada Estado debe velar
da en el senado y en la cámara nacional de por que éstas no atenten o interfieran con la libertad y
la nación de Argentina en 5 de junio del los derechos humanos básicos.
2013, y la cual fue promulgada el 25 de ju- Para esto han quedado determinados varios princi-
nio del mismo año. Con esta ley se logra re- pios, independientemente de las variaciones políticas,
gular la situación de fecundación e implan- culturales y religiosas, que pudieran servir de base a
tación. futuras regulaciones o acuerdos de carácter internacio-
Aunque a pesar de ya estar legalizado en nal, y que se resumen en:
varios países, pero en estos casos se trata de • El respeto por la dignidad humana.
evaluar y que todos tengan aspectos comu- • La seguridad del material genético.
nes con las técnicas actuales, los cuales son: • La calidad de los servicios brindados.
• Debe ser para parejas heterosexuales • La inviolabilidad de la persona.
casadas legalmente o que mantengan una • La inalienabilidad del cuerpo humano.
relación estable. Los tres primeros constituyen mecanismos de pro-
• La institución debe ofrecer supervisión tección de la persona, mientras que los restantes son
y regulación sanitaria al sujeto. un medio para asegurar el control sobre la libertad
• La maternidad y paternidad está deter- personal y científica, así como el respeto a la dignidad
minada por las leyes. humana que es en sí el origen de todos los derechos
• La historia clínica es completamente humanos fundamentales.
confidencial Los problemas de la reproducción humana son uni-
• La vida embrionaria in vitro debe ser versales. Hoy la fertilización in-vitro (FIV) y las técni-
de 14 días. cas de reproducción asistida (TRA) también lo son.
• El almacenamiento de gametos y em- Esta es una temática que está regulada por legislacio-
briones es limitado. nes, conductas religiosas y comités de ética institucio-
• La implantación post-morten está nales, aunque no hay universalidad de criterios para la
prohibida. regulación, como tampoco existe universalidad cultu-
• Debe ser con consentimiento de los su- ral.
jetos. La reproducción asistida ya está legalizada en va-
• No debe haber selección de sexo a me- rios países del mundo y estos son los aspectos comunes
nos que se pueda llegar a sufrir una enfer- que contemplan dichas leyes:
medad congénita ligada al sexo. • Debe ser para parejas heterosexuales casadas
• Prohibida la manipulación genética. legalmente o que mantengan una relación estable.
• La tecnología debe estar libre de co- • La institución debe ofrecer supervisión y regula-
mercialización. ción sanitaria al sujeto.
• La maternidad y paternidad está determinada
por las leyes.
• La historia clínica es completamente confidencial
• La vida embrionaria in vitro debe ser de 14 días.
• El almacenamiento de gametos y embriones es
limitado.
• La implantación post-morten está prohibida.
• Debe ser con consentimiento de los sujetos.
• No debe haber selección de sexo a menos que se
pueda llegar a sufrir una enfermedad congénita ligada
al sexo.
• Prohibida la manipulación genética.
• La tecnología debe estar libre de comercialización.