Page 34 - Manual de Convivencia Escolar 2018 – 2019
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Manual de Convivencia Escolar 2018 – 2019
6. Para participar de la salida pedagógica, todos los alumnos, deberán presentarse con el
uniforme escolar completo y cumplir con las obligaciones y conducta que, según el Manual
de Convivencia, debe tener un alumno del Colegio Bernardo O´Higgins, La Serena. Se
indica expresamente, que durante las salidas pedagógicas, el Manual de Convivencia
Escolar es el que rige el comportamiento y conducta del alumno.
7. El docente a cargo será el responsable de la salida pedagógica desde su inicio hasta su
término o regreso a la institución. Por lo tanto, tomará todas las medidas de seguridad
pertinentes, que minimice los riesgos que puedan llevar a accidentes de los estudiantes.
8. El vehículo contratado para efectuar la salida pedagógica, deberá presentar copia de los
permisos de tránsito, identificación del conductor, póliza y seguros pertinentes. Además,
deberá salir desde la institución y regresar a la misma.
9. El docente, al volver de la actividad, deberá presentar un informe escrito correspondiente,
dentro de las 48 horas de finalizada la salida, sobre el desarrollo de ésta. De haber
presentado algún inconveniente de tipo disciplinario se debe dar inmediato aviso a
coordinación general de ambiente.
10. Dependiendo del lugar, circunstancia y / o tiempo de la salida pedagógica, se evaluará con
el equipo de ciclo, la necesidad de incorporar la asistencia de un grupo de padres y
apoderados.
11. Los alumnos, durante la salida pedagógica, deberán mantener un comportamiento adecuado
a las disposiciones emanadas del Manual de Convivencia Escolar y de los requerimientos
específicos del lugar visitado.
Si se trata de visitas culturales o actividades deportivas, el docente a cargo deberá solicitar
autorización por escrito al Sub-Director con una antelación de 10 días hábiles, debiendo indicar:
1. Nombre del docente o asistentes de la educación que acompaña.
2. Nómina de alumnos.
3. Indicar lugar de visita.
4. Fecha y hora de salida y regreso.
5. Enviarse comunicación a los apoderados – Autorización de estos.
6. Medio de transporte.
Toda situación no indicada anteriormente, como: concursos, competencias, foro, festivales y
otros, deberán contar con la autorización de Dirección y se ceñirán a los requisitos contemplados
por cualquiera de los párrafos anteriores.
Ante cualquiera de las situaciones anteriores descritas, es requisito indispensable la compañía de
un docente del Colegio, quien asume la responsabilidad funcionaria del caso.
Sobre las Actividades extraprogramáticas.
Se entenderá por actividades extra programáticas aquellas actividades formativas de carácter
deportivo, recreativo, artístico, científico, tecnológico, social y espiritual y que son
complementarias al currículo escolar, Ellas deberán ser motivadas y promovidas entre los
alumnos e informadas a los apoderados.
La participación de los alumnos en actividades extra programadas será voluntaria, opcional y
libremente elegida, las que se desarrollarán fuera de sus horarios habituales de clases.
Las actividades extra programáticas se organizarán y programarán de acuerdo a las necesidades e
intereses de los alumnos y en conformidad a las normas e instrucciones del MINEDUC y del
Proyecto Educativo del Colegio.
Toda actividad extra programática deberá estar asesorada y orientada por un docente. Todas
“Crecer es avanzar y no detenerse jamás” Página 34