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LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS


        De acuerdo con Silvia Helena Montoya Borrás, jefe de la Unidad Nacional de delitos contra la
        propiedad intelectual de la Fiscalía General de la Nación, el titular de una obra adquiere tres

        tipos de derechos que son irrenunciables e imprescriptibles.

        Los primeros hacen alusión a la paternidad, la integridad, la ineditud y el retracto sobre la obra
        Vulnerar cualquiera de estos, sostuvo, puede generar multas de 26,6 a 300 Smlv y cárcel de 2 a
        5 años.


        En segundo lugar, están los patrimoniales, estos tienen que ver con la facultad que tiene el
        titular de una obra para permitir a terceros su utilización o reproducción, como es el caso de las
        transmisiones de fútbol. Obviar este derecho trae penas que van desde los 4 a los 8 años de

        prisión y multas que van hasta los 1.000 Smlv.

        En tercer lugar, están los derechos conexos, estos, aseguró Montoya, recaen en los artistas,
        intérpretes, organizadores de radiodifusión, así como en los productores de fonogramas


        Para citar un ejemplo, si Carlos Vives interpreta una canción del compositor Rafael Escalona,
        este tiene la potestad sobre dicha interpretación. Así, cuando alguien quiera usar la canción de
        Escalona, interpretada por Vives, deberá reconocer en ambos casos los derechos de autor. No
        hacerlo, puede generar igualmente multas hasta de 1.000 Smlv y una pena de hasta de 8 años

        de cárcel.

        De  acuerdo  con  Montoya,  la  Fiscalía  adelanta  en  este  momento  607  investigaciones  por
        derechos  de  autor  y  tiene  898  procesos  activos  relacionados  con  propiedad  intelectual  y

        telecomunicaciones.

        Según el abogado Humberto Suárez, además de estas penas una persona que sienta que sus
        derechos como autor han sido vulnerados 'puede convertirse en parte civil del proceso penal,

        es decir, constituirse como víctima del mismo. Esto es demostrar que el hecho le generó unos
        perjuicios determinados y que por ende, merece una indemnización. Entonces quien realizó el
        plagio deberá responder por la pena, la multa y además la indemnización', sostuvo.
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