Page 16 - VALOREM-EFS-2017
P. 16

VALOREM S.A.
Notas a los estados financieros separados 2017 - 2016
(En miles de pesos colombianos, a menos que se indique otra forma)
La Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016, eliminó el impuesto a la renta para la equidad CREE y la sobretasa del CREE, modificando las tarifas del impuesto sobre la renta y adicionando una sobretasa especial. Las tarifas que la Compañía aplica en el año gravable 2017 y aplicará en los años siguientes, para la determinación de su impuesto de renta será la correspondiente a cada período, adicionando la sobretasa especial por los años 2017 y 2018, así:
Impuesto de renta diferido
El impuesto diferido se reconoce por el método del pasivo, sobre las diferencias temporarias entre las bases fiscales de activos y pasivos y su valor en libros mostrado en los estados financieros. El impuesto a la renta diferido se determina usando las tasas tributarias que han sido promulgadas a la fecha del estado de situación financiera y que se espera serán aplicables cuando el impuesto a la renta diferido activo se realice o el impuesto a la renta pasivo se pague.
Los activos por impuesto diferido se reconocen en la medida que sea probable que las diferencias temporarias, créditos tributarios por utilizar, o las pérdidas tributarias acumuladas puedan ser utilizadas excepto:
• Cuando el pasivo por impuesto diferido surge del reconocimiento inicial de un crédito mercantil o de un activo o pasivo en una transacción que no sea una combinación de negocios y que, en el momento de la transacción, no afecta ni al resultado contable ni al resultado fiscal.
• Con respecto a las diferencias temporarias imponibles relacionadas con inversiones en sociedades dependientes, entidades asociadas y negocios conjuntos, cuando el momento de reversión de la diferencia temporaria puede controlarse y es probable que la diferencia temporaria no revierta en un futuro previsible.
Los activos y pasivos por impuesto diferido se miden a las tasas impositivas que se espera sean de aplicación en el ejercicio en el que el activo se realice o el pasivo se cancele, con base en las tasas impositivas y normas fiscales que fueron aprobadas a la fecha de cierre del período sobre el que se informa, o cuyo procedimiento de aprobación se encuentre próximo a completarse para tal fecha.
 Año
      Renta
    Sobretasa
  Total
         2017
     34%
   6%
  40%
   2018
     33%
   4%
 37%
     2019
        33%
       33%
        2020
  33%
 33%
  2021
      33%
      33%
      Sensibilidad: Publica



































































   14   15   16   17   18