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VALOREM S.A.
Notas a los estados financieros separados 2017 - 2016
(En miles de pesos colombianos, a menos que se indique otra forma)
contabilidad de coberturas. La NIIF 9 es de aplicación para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2018. Se requiere su aplicación retroactiva, pero no se requiere modificar la información comparativa. Se permite la aplicación anticipada de las versiones previas de la NIIF 9 (2009, 2010 y 2013) si la fecha inicial de aplicación es anterior al 1 de febrero de 2015.
Al 31 de diciembre de 2017, la Compañía no ha aplicado los lineamientos de deterioro de la NIIF 9. De acuerdo con los análisis preliminares la Compañía aplicará el modelo simplificado y se estima un efecto de $39 millones por aplicar dicho cambio. No se tendrán efectos en valoración o clasificación de instrumentos financieros, ya que estas secciones de la NIIF 9 fueron adoptadas en periodos anteriores.
NIIF 15 Ingresos procedentes de contratos con clientes
La NIIF 15 fue emitida en mayo de 2014 y modificada en abril de 2016, la norma establece un nuevo modelo de cinco pasos que aplica a los ingresos procedentes de contratos con clientes. De acuerdo con la NIIF 15 el ingreso se reconoce por un importe que refleje la contraprestación que una entidad espera tener derecho a recibir a cambio de transferir bienes o servicios a un cliente. Los principios de la NIIF 15 suponen un enfoque más estructurado para valorar y registrar los ingresos. Esta nueva norma es aplicable a todas las entidades y derogará todas las normas anteriores de reconocimiento de ingresos. Se requiere una aplicación retroactiva total o retroactiva parcial para los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2018, permitiéndose la aplicación anticipada.
Al 31 de diciembre de 2017, la Compañía no ha aplicado los lineamientos de la NIIF 15. De acuerdo con los análisis preliminares aplicará una adopción retroactiva parcial y no se estima un efecto material.
Enmiendas a la NIIF 10 y NIC 28: Venta o contribución de activos entre un inversionista y su negocio conjunto o asociada
Las enmiendas abordan el conflicto entre los requerimientos de la NIC 28 y NIIF 10. De acuerdo con la NIC 28, la ganancia o pérdida resultante de la venta o contribución de un activo no monetario a un negocio conjunto o asociada en intercambio por un interés de patrimonio en ese negocio conjunto o asociada está restringida hasta la extensión de los intereses que los inversionistas no relacionados tengan en el negocio conjunto o asociada. En contraste, la NIIF 10 requiere el reconocimiento completo de la utilidad o pérdida en la pérdida del control de la subsidiaria incluyendo la venta o contribución de la subsidiaria al negocio conjunto o asociada.
Las enmiendas establecen que, en la venta o contribución de activos a un negocio conjunto o asociada o en la pérdida de control cuando el control conjunto o la influencia importante es retenido en una transacción que involucra una asociada o un negocio conjunto, la extensión de cualquier ganancia o pérdida reconocida depende de si los activos o la subsidiaria constituye un negocio, tal y como se define en la NIIF 3 Combinaciones de negocios. Cuando los activos o la subsidiaria constituyen un negocio, cualquier ganancia o pérdida es reconocida por completo; cuando los activos o la subsidiaria no constituyen un negocio, se elimina la participación que la
Sensibilidad: Publica