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VALOREM S.A.
Notas a los estados financieros separados 2017 - 2016
(En miles de pesos colombianos, a menos que se indique otra forma)
separada el gasto por intereses del pasivo por arrendamiento y el gasto por depreciación del derecho de uso.
Los arrendatarios deberán también remedir el pasivo por arrendamiento a partir de la ocurrencia de ciertos eventos (por ejemplo, un cambio en el término del arrendamiento, un cambio en los cánones futuros como resultado de un cambio en el índice o tasa usada para determinar dichos cánones). El arrendatario generalmente reconocerá el monto de la remedición del pasivo por arrendamiento como un ajuste en el activo por derecho de uso.
Esta norma se incluye en el anexo 1.3 del decreto 2420 de 2015, por medio del decreto 2170 con vigencia a partir del 1 de enero de 2019, con aplicación temprana permitida para las entidades que también hayan adoptado la NIIF 15 Ingresos ordinarios provenientes de contratos con los clientes. La Compañía se encuentra analizando los efectos que tendrá la NIIF 16 sobre sus estados financieros.
Mejoras Anuales Ciclo 2014-2016 (emitidas en diciembre 2016) Estas enmiendas incluyen:
• NIC 28 Inversiones en asociadas y negocios conjuntos
La NIC 28 ha sido enmendada para aclarar que una organización de capital de riesgo o un fondo mutuo, un fideicomiso de inversión y entidades similares (incluyendo fondos de seguros vinculados a inversiones) pueden optar, por contabilizar sus inversiones en negocios conjuntos y asociadas al valor razonable o utilizando el método de la participación. La enmienda también deja claro que el método elegido para cada inversión debe hacerse en el momento inicial. Esta mejora anual debe aplicarse retrospectivamente para los períodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2018.
• CINIIF 22, Transacciones en moneda extranjera y contraprestaciones anticipadas
La CINIIF 22 especifica que la fecha de una transacción con el fin de determinar el tipo de cambio a utilizar en el reconocimiento inicial del activo, pasivo, gasto o ingreso (o parte de ellos) relacionado en la baja de activos no monetarios o de pasivo no monetario derivados del pago o la recepción de una contraprestación anticipada, es la fecha en la que dicho activo o pasivo no monetario fue inicialmente reconocido. En otras palabras, los ingresos, gastos o activos conexos no deben ser reevaluados para las variaciones de los tipos de cambio que se produzcan entre la fecha del reconocimiento inicial de la contraprestación anticipada y la fecha de reconocimiento de la transacción a la que se refiera dicha contraprestación. Lo anterior aplica excepto en pagos o recibos relacionados con impuestos a la renta y los contratos de seguros. Esta CINIIF es efectiva para períodos anuales que inicien el o después del 1 de enero de 2018, con adopción anticipada permitida. La CINIIF 22 puede adoptarse de forma retrospectiva de acuerdo con la NIC 8-Cambios en políticas, estimaciones contables y errores, puede también aplicarse de forma prospectiva.
Sensibilidad: Publica