Page 106 - FINAL RIS MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO RIS
P. 106

de  la ciudadanía .
        PARÁGRAFO: Este comité debe darse su
        propio reglamento, el cual debe abarcar lo
        correspondiente a  sesiones,  y  demás
        aspectos procedimentales, como aquellos
        relacionados con la elección y permanencia en
        el comité del docente que  lidere procesos o
        estrategias de convivencia escolar.

        CAPITULO IX  REPRESENTACIÓN
        ESTUDIANTIL

        Art.27 ORGANISMOS DE DEFENSORÍA
        PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
        Cada año lectivo los estudiantes elegirán a un
        estudiante del último grado que ofrezca el
        colegio, para que actúe como Personero de los
        Estudiantes y promotor de sus derechos y
        deberes.
        PARAGRAFO: El Personero de los Estudiantes
        tendrá las siguientes funciones:
        1) Promover el cumplimiento de los deberes
        y derechos de los estudiantes como
        miembros de la comunidad educativa.
        Ser vocero de los estudiantes  ante  las




        10
        6
   101   102   103   104   105   106   107   108   109   110   111