Page 106 - FINAL RIS MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO RIS
P. 106
de la ciudadanía .
PARÁGRAFO: Este comité debe darse su
propio reglamento, el cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás
aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en
el comité del docente que lidere procesos o
estrategias de convivencia escolar.
CAPITULO IX REPRESENTACIÓN
ESTUDIANTIL
Art.27 ORGANISMOS DE DEFENSORÍA
PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES
Cada año lectivo los estudiantes elegirán a un
estudiante del último grado que ofrezca el
colegio, para que actúe como Personero de los
Estudiantes y promotor de sus derechos y
deberes.
PARAGRAFO: El Personero de los Estudiantes
tendrá las siguientes funciones:
1) Promover el cumplimiento de los deberes
y derechos de los estudiantes como
miembros de la comunidad educativa.
Ser vocero de los estudiantes ante las
10
6