Page 98 - FINAL RIS MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO RIS
P. 98
muestren la tarjeta de autorización para poder
recibirlos.
C A P Í T U L O VII ASOCIACIONES
Art . 20 ASOCIACIONES DE PADRES DE
FAMILIA: La Asociación de Padres de Familia
se organizó en 1987 y está legalizada mediante
la Resolución No. 001875 de 1991 por medio
de la cual la Gobernación del Departamento
del Atlántico le concedió la Personería
Jurídica; y está reglamentada así:
1) La Asociación de Padres de Familia está
conformada por la totalidad de los padres de
familia o Acudientes de los estudiantes del
Colegio.
2) Posee sus propios estatutos en donde están
consignadas las normas reglamentarias de
dicho organismo. Sin embargo es facultad
inmodificable de la Dirección del Plantel
poder convocar a la Asamblea General de
Delegatorios y Junta Directiva de la Asociación
cuando las circunstancias lo requieran, tal
como esta previsto en los Estatutos de dicha
Asociación.
98