Page 98 - FINAL RIS MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO RIS
P. 98

muestren la tarjeta de autorización para poder
        recibirlos.

        C A P Í T U L O VII ASOCIACIONES

        Art . 20 ASOCIACIONES DE PADRES DE
        FAMILIA: La Asociación de Padres de Familia
        se organizó en 1987 y está legalizada mediante
        la Resolución No. 001875 de 1991 por medio
        de la cual la Gobernación del Departamento
        del  Atlántico  le concedió la Personería
        Jurídica; y está reglamentada así:
        1) La Asociación de Padres de Familia está
        conformada por la totalidad de los padres de
        familia o Acudientes de los estudiantes del
        Colegio.
        2) Posee sus propios estatutos en donde están
        consignadas las normas reglamentarias de
        dicho organismo. Sin embargo es facultad
        inmodificable  de  la  Dirección  del Plantel
        poder  convocar  a  la  Asamblea  General   de
        Delegatorios y Junta Directiva de la Asociación
        cuando las circunstancias lo requieran, tal
        como esta previsto  en  los Estatutos de dicha
        Asociación.




        98
   93   94   95   96   97   98   99   100   101   102   103