Page 100 - DERECHO INDÍGENA Y DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA (1988)
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Tal vez haya sido el quinto congreso, realizado en Brasilia en 1972, el
                  primero en el cual aparecen los inicios de un cambio de enfoque del indigenismo
                  continental, y en el que se introducen nuevas teorías y métodos para la acción
                  indigenista. Los planteamientos novedosos se orientan hacia una plena y definida
                  participación de los grupos indígenas en el progreso y desarrollo nacionales y en
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                  el continental .

                         Se consideró importante que el proceso de integración se tomará en cuenta
                  el respecto que merecen las instituciones  tribales y personalidad del “indio”, sin
                  detrimento de los valores en que se basa  su identidad. Se recomendó que los
                  gobiernos tomen como válidas jurídicamente aquellas costumbres practicadas por
                  los indígenas según los patrones normativos de sus culturas. De igual manera se
                  señaló que los individuos más adecuados  para promover soluciones y resolver
                  problemas son aquellos que los padecen; que el proceso educativo sirviera para
                  revalorizar las propias culturas y sus  principales elementos, de tal manera que
                  pueda asegurarse y preservarse la cohesión e identidad cultural, política,
                  económica y social de los pueblos indígenas. Se ratificó el derecho que tienen de
                  ser alfabetizados en sus lenguas vernáculas.

                         Está nueva orientación de la política indigenista tuvo que enfrentarse, por
                  un lado, a la poca eficacia de las acciones indigenistas del pasado, cuyo propósito
                  fue aculturar al indígena individualmente con acciones aisladas y divorciadas de la
                  realidad histórica y cultural de las comunidades.  Por otro lado, a la nueva
                  presencia en el escenario político latinoamericano de organizaciones indígenas
                  que rechazaban la tradicional actitud paternalista y discriminatoria del Estado, y
                  reclamaban su participación en la solución de sus propios problemas, obligando a
                  los encargados de delinear las políticas indigenistas a replantearse la estrategia
                  del indigenismo a nivel continental.

                         La nueva tendencia fue reconfirmada en el octavo congreso, realizado en
                  Mérida, México, primer congreso al que asistieron también numerosas
                  representaciones de organizaciones indígenas del continente. En este congreso
                  se desechó la visión parcial e incompleta de la "cuestión indígena" que había
                  prevalecido hasta entonces y se reconoció la doble vertiente de la condición actual
                  de la población indígena, es decir, la explotación económica de que ha sido objeto
                  históricamente así como su especificidad étnica. En segundo lugar, se señaló que
                  la acción indigenista debía abandonar el paternalismo impositivo y utilitario para
                  responder a los intereses de los propios indígenas, recogiendo sus demandas y
                  las de sus organizaciones. En tercer lugar, se reconoció la capacidad de gestión
                  de las organizaciones indígenas y su derecho a participar en la administración
                  pública, sobre todo en el diseño y ejecución de las acciones que les afectan
                  directamente. De manera especial se  recomendó contar con las organizaciones
                  indígenas independientes y autónomas en las acciones acordadas en el congreso
                  y las que se efectúen en la ejecución del Plan Quinquenal de Acción Indigenista
                  que el Instituto Indigenista Interamericano había presentado ante la OEA en 1979.

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                    Rubio Orbe (1977).



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