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DECRETOS
Contienen una norma jurídica.
Son expedidos por el Poder Ejecutivo.
Se utilizan en situaciones de emergencia o urgencia, en el que
no hay tiempo para presentar, debatir y votar un proyecto de
ley.
Adopta la forma de resolución.
Tipos de Decretos
Reglamentarios: Para especificar cosas que la ley no establece.
Autónomos: No se refiere a ley alguna. Regula la actividad de
los funcionarios.
De Ley: Dictados en gobiernos de facto ante la ausencia del
Poder Legislativo. Una vez reestablecido el orden
constitucional, el Congreso de la Nación puede convalidarlos o
anularlos.
De Necesidad y Urgencia: Son dictados por el Presidente de la
Nación sobre materias propias de competencia legislativa del
Congreso, sólo si se presenta un verdadero estado de
necesidad que sea urgente resolver, lo que no da tiempo para
convocar al Congreso.