Page 8 - Opinión Bancaria 86
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“Resistir no es aguantar y hay que amar y valorar al territorio como espacio de vida,
                                  para luchar por este, incluso poniendo en riesgo la propia vida,
                                  es parte de los valores que me inculcaron mis antepasados”.
               Marzo 2020 Nº. 86  Francia Márquez

            Pensión de invalidez                            Pensión de sobrevivientes

            En la sentencia de tutela T-005 del 16 de ene-  En sentencia 78677 del 10 de diciembre de
            ro  de  2020  la  Corte  Constitucional  fijó  una   2019, la Corte Suprema de Justicia aclaró
            nueva regla jurisprudencial que permite a las   que la educación es una necesidad básica, y
            administradoras de pensiones exigir a sus afi-  que por tanto se puede acreditar la depen-
            liados que pretendan la pensión de invalidez,   dencia económica si se acredita que el cau-
            un nuevo dictamen de pérdida de capacidad       sante realizaba un apoyo significativo para
            laboral cuando la enfermedad es progresiva o    la educación de su pretenso beneficiario, re-
            degenerativa, siempre y cuando resulte razo-    cuerda además que la dependencia no tie-
            nable la necesidad de practicar nuevamente
            dicho dictamen con el fin de determinar la si-  ne que ser total ni absoluta, pero si se debe
            tuación clínica actual del afiliado, ello tenien-  establecer la falta de autosuficiencia econó-
            do en cuenta que la pensión de invalidez lo     mica y la subordinación con respecto a los
            que busca es proteger al afiliado que no puede   recursos que proporcionaba el causante, in-
            continuar desarrollando su fuerza de trabajo.   dicando ello que debe demostrarse que di-
                                                            cho aporte resultaba indispensable para sa-
            ¿Todo constituye salario?                       tisfacer una necesidad básica como lo es la
                                                            educación.
            En sentencia 54657 del 12 de febrero de
            2020, la Corte Suprema de Justicia sala la-     Finalmente, en sentencia 78149 del 2 de fe-
            boral, recordó que  por regla general TO-       brero de 2020 la Corte Suprema de Justicia
            DOS los ingresos que percibe un traba-          sala de casación laboral aclaró que para efec-
            jador  constituyen  salario a menos que el      tos de cotizaciones al Sistema de Seguridad
            empleador demuestre que dicho pago tiene        Social, las semanas aportadas corresponden
            una destinación específica que no guarda re-    a 7 días, los meses a 30 días y el año a 360
            lación con la prestación personal del servicio,   días, ello independientemente de los días que
            igualmente recordó que pese al nombre que       efectivamente tenga el mes, igualmente re-
            reciban los pagos, si estos tienen como fin re-  cordó que para acceder a las prestaciones
            tribuir el trabajo, se considera salario en los   económicas del sistema de seguridad social
            términos del artículo 127 del Código Sustan-    el tiempo se contabiliza en semanas cotiza-
            tivo de Trabajo.                                das y no en tiempo calendario.
























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