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PRELIMINAR
Grupo de Licenciados comprometidos con México, AC., GLCM, de aquí en adelante denominada "La
Compañía", protege de conformidad con los términos y condiciones establecidos en este contrato y durante
la vigencia establecida en la carátula, al vehículo indicado en la misma. La Compañía y el Contratante han
convenido las coberturas, sumas aseguradas, deducibles y límites máximos de responsabilidad que aparecen
como amparadas en la carátula de este contrato, cuya descripción y alcance se definen en las presentes
Condiciones Generales. Para efectos del presente contrato, el concepto de vehículo comprende la unidad
automotriz descrita en la carátula, incluyendo las partes o accesorios que el fabricante adapta originalmente
para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo,
conversión o adaptación instalada adicionalmente y a petición expresa del comprador o propietario, requerirá
de cobertura específica.
SECCION I
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CLÁUSULA I
DEFINICIONES
________________________________________________________________________________________
Para la adecuada interpretación de las presentes Condiciones Generales, las partes acuerdan las siguientes
definiciones:
Automóviles de Servicio Público: Medio de motor o propulsión que se usa para transportar personas. Se
consideran también dentro de este mismo rubro los vehículos que transportan personas y circulan dentro de
aeropuertos, así como los vehículos utilizados para el turismo.
Agremiado: Es la persona física o moral que tiene derecho a reclamar los servicios, pagos o beneficios
especificados en las coberturas contratadas. Su nombre o razón social aparecen en la carátula de este
contrato.
Beneficiario: Es la persona física o moral que al momento de un siniestro que amerite indemnización, según
lo establecido en la carátula, tiene derecho al pago o servicio correspondiente.
Beneficiario Preferente: Persona física o moral cuyo nombre aparece en la carátula y a quién se indemnizará
en primer término y hasta el monto del interés Amparado que tenga sobre el vehículo Amparado, en caso de
Pérdida Total del mismo, siempre que resulte procedente la reclamación.
Conductor: Cualquier persona física que conduzca un vehículo de servicio público de transporte de pasajeros,
de uso privado o particular Amparado, siempre y cuando sea mayor de 18 años, tenga licencia expedida por
la autoridad competente y que sea del tipo adecuado (placas y uso) para conducir dicho vehículo.
Contratante: Persona física o moral cuya solicitud de seguro ha aceptado la Compañía, con base en los datos
e informes proporcionados por ella, quien por lo tanto suscribe el contrato y asume las obligaciones que
deriven del mismo; salvo aquellas que correspondan expresamente al Agremiado o al Beneficiario, para los
efectos de este contrato el Contratante y el Agremiado pueden ser la misma persona.
Accidente Automovilístico o Accidente de Tránsito: Colisiones, vuelcos y todo acontecimiento que provoque
daños físicos al vehículo Amparado producido por una causa externa, violenta, fortuita y súbita.
Colisión: Es el impacto, en un solo evento, del vehículo Amparado con uno o más objetos externos y que como
consecuencia cause daños materiales.
Compañía: Se refiere a Grupo de Licenciados Comprometido con México, A.C. GLCM
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