Page 45 - GCU MCO Manual de convivencia 2018
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4.  Determinar la continuidad  según los criterios establecidos en el consentimiento para el
                           programa de énfasis.
                        5.  Realizar recomendaciones en pro de la mejora institucional y la calidad educativa.
                        6.  Realizar seguimiento de todos y cada uno de los casos y la evolución de las estrategias cada
                           trimestre.
                        7.  Definir las promociones de año académico de acuerdo al cumplimiento de requisitos.
                        8.  Consolidar los estímulos a los estudiantes definidos en este manual, tanto bimestrales como
                           anuales.                                                                               45
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                  Las  decisiones, observaciones  y  recomendaciones  de  cada  Comisión de Evaluación y Promoción
                  se  consignarán  en  registros  y  éstos constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la
                  promoción de educandos. En caso que los procesos requieran revisión, éstas se harán en la Consejo
                  Administrativo  Docente  y  serán  presentadas  por  el  Director  Académico  Académico  en  reunión
                  formal. El Consejo Administrativo Docente definirá las acciones pertinentes siendo el responsable de
                  su ejecución el Director Académico Académico.


                                                        CAPÍTULO VII
                                           REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES



                  ARTÍCULO 65.  CONSEJO ESTUDIANTIL

                  Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de participación de los
                  estudiantes.  Los estudiantes por cada grado, dispondrán de un vocero que hace parte del consejo
                  de estudiantes, además del  personero estudiantil y del representante al Consejo Directivo.

                  ARTÍCULO 66.  FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

                      1.  Darse su propia organización interna; sus reuniones serán presididas por  el representante
                         estudiantil como presidente y el personero como fiscal.
                      2.  Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y
                         asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
                      3.  Invitar  a  sus  deliberaciones  a  aquellos  estudiantes  que  presentan  iniciativas  sobre  el
                         desarrollo de la vida estudiantil.
                      4.  Presentar a través de su mesa directiva, en forma escrita  en la tercera semana siguiente a
                         su formación los planes y cronograma de actividades a rectoría para su estudio conciliatorio
                         y su ubicación en el planeamiento institucional.
                      5.  Realizar seguimiento continuo a la labor del personero para garantizar el cumplimiento de
                         sus funciones.
                      6.  Las  demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual
                         de convivencia.



                                                                              GCU MCO. Elbra: Comunidad Educativa
                                                                                       Aprueba: Consejo Directivo
                                                                                             V. 13  17 ene  2018
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