Page 2 - INFORME TECNICO PROPUESTA AGRIPAC S.A.
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INFORME TÉCNICO No. MPCEIP-SUBACUA-DGA-138-2020
30 DE AGOSTO DE 2020
respectivo análisis: y, de considerarlo pertinente, se elabore un informe técnico que de ser
el caso, será conocido por el Pleno COMEX, al amparo de lo dispuesto en el artículo 11
del Reglamento de Aplicación del Libro IV del Código Orgánico de la Producción, Comercio
e Inversiones (COPCI).
Mediante Oficio S/N de 14 de febrero de 2020l, la empresa AGRIPAC S.A., solicitó al
Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca : “(…) conocer el status
de nuestra solicitud presentada a su autoridad el 22 de agosto y registrada mediante
documento MPCEIP-DA-2019-3452-E para obtener una exclusión del cobro de la medida
aplicada por la Decisión 371 del Sistema Andino de Franjas de Precio para la importación
al país de un producto denominado VITELLUS, mismo que forma parte de la dieta de los
camarones en su primera fase de crecimiento y mismo que no contiene ningún producto
marcador. (…)”
2. JUSTIFICACION
AGRIPAC S.A. es una empresa que cuenta con nueve divisiones entre las que se
encuentra el área de acuacultura. Bajo esta línea, creada en 1987 ofrece alimentos
balanceados para las distintas etapas de desarrollo del camarón incluidos: aditivos,
prebióticos, balanceados, productos cálcicos, reguladores de materia orgánica,
fertilizantes y dietas vivas/secas para laboratorio.
Complementariamente a su oferta local y, siguiendo su objetivo ofrecer soluciones
integrales a través de la provisión de insumos para el sector productor camaronero,
AGRIPAC S.A. mantiene una política de comercialización de productos importados. Entre
estos se encuentra un nuevo tipo de alimento para larvas de camarón conocido como
VITELLUS y comercialmente bajo el nombre de VITELLUS ARTEMIA CYSTS, en adelante
nos referiremos como VITELLUS.
Este producto, compuesto principalmente por vitelos de huevos de artemia, se elabora
bajo un proceso técnico denominado aglomerado que permite garantizar la preservación
de las características nutricionales de su principal componente.
En este sentido, y dado que el producto VITELLUS es un alimento iniciador para
camarones que no contiene en su formulación ningún producto sujeto a la aplicación del
SAFP debería calificar para la suspensión del sistema.
Sobre la subpartida se puede indicar que esta se encuentra afectada por el Sistema Andino
de Franja de Precios – Producto Marcador Maíz (SAFP); este código mantiene una tarifa
arancelaria NMF del 20% e incluye una observación que permite la suspensión de la
aplicación del SAFP exclusivamente para “productos que no contengan maíz y/o
subproductos de maíz y que sirvan como alimento iniciador obtenido mediante
microextrusión para camarones con peso de hasta 2 gramos”.
Sin embargo, el alcance de la observación limita por proceso de obtención solo a los
microextruidos, por lo que se hace necesario extender la política también para productos
elaborados mediante aglomeración.
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