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INFORME TÉCNICO No. MPCEIP-SUBACUA-DGA-138-2020
30 DE AGOSTO DE 2020
INFORME TÉCNICO QUE CONTIENE LA PROPUESTA DE REFORMAR AL ARANCEL
DEL ECUADOR: MODIFICACIÓN DE LA OBSERVACIÓN DEL CÓDIGO
ARANCELARIO 2309.90.90.13 --- PARA USO ACUÍCOLA CUYA PARTÍCULA
TENGA UNA DIMENSIÓN DE HASTA 1.200 MICRAS DE DIÁMETRO,
SOLICITADO POR LA EMPRESA AGRIPAC S.A.
1. ANTECEDENTES
AGRIPAC S.A. con RUC 0990006687001, es una empresa ecuatoriana líder en la
elaboración y comercialización de agroquímicos. Referente nacional dentro del sector
agropecuario, fue fundada hace 47 años con el objetivo de abastecer al mercado nacional
con productos necesarios para un correcto manejo de cultivos como: abonos, fertilizantes,
insecticidas, entre otros.
Con fecha 21 de octubre de 2013, la Subsecretaria de Acuacultura otorga a la Compañía
AGRIPAC S.A. el Acuerdo Ministerial No. 421-2013 de Clasificación en categoría “B” y
Autoriza el ejercicio de la actividad acuícola, mediante el procesamiento y comercialización
interna y externa de alimento balanceado para camarón y tilapia en su planta ubicada en
el Km. 4.6 Vía Duran Tambo, parroquia Eloy Alfaro, cantón Duran provincia Guayas, a
Con fecha 10 de julio de 2018, la Subsecretaria de Acuacultura emite el Acuerdo Ministerial
243-2018, a la Compañía AGRIPAC S.A. de ampliación de su actividad conexa de
importación y distribución de productos de uso acuícola en la siguiente clasificación:
PREMEZCLAS, ALIMENTOS COMPLEMENTARIOS, ALIMENTOS SUPLEMENTARIOS
Y ALIMENTO BALANCEADOS
AGRIPAC S.A. realizó una consulta de clasificación arancelaria al Servicio Nacional
Aduana del Ecuador SENAE mediante informe técnico DNR-DTA-JCC-WXOS-IF-2018-
0697, para realizar una correcta importación de un nuevo tipo de alimento para larvas de
camarón conocido como VITELLUS y comercialmente bajo el nombre de VITELLUS
ARTEMIA CYSTS.
El Servicio Nacional Aduana del Ecuador – SENAE se pronunció, mediante Oficio Nro.
SENAE-SGN-2018-0295-OF de fecha 30 de noviembre de 2018, donde determinó que el
VITELLUS es un alimento completo para larvas de camarón y que corresponde su
clasificación bajo la partida arancelaria:
2309.90.90.13 - - - - Para uso acuícola cuya partícula tenga una dimensión de hasta 1.200
micras de diámetro.
AGRIPAC S.A remite a las autoridades del Ministerio de Producción Comercio Exterior
Inversiones y Pesca, mediante Memorando Nro. MPCEIP-DA-2019-3452-E de fecha 22
de agosto de 2019 para obtener una exclusión del cobro de la medida aplicada por la
Decisión 371 del Sistema Andino de Franjas de Precio para la importación al país de un
producto denominado VITELLUS, mismo que forma parte de la dieta de los camarones en
su primera fase de crecimiento y mismo que no contiene ningún producto marcador. (…)”
Mediante Memorando MPCEIP-CCOMEX-2019-0048-M de fecha 11 de septiembre de
2019; suscrita por la Secretaria Técnica del Comité de Comercio Exterior (COMEX),
solicita al Subsecretario de Acuacultura, “se sirva disponer a quien corresponda, el
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