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Cívica 5° San Marcos
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Semana
1. CIVISMO
El civismo puede ser definido como el respeto de las normas que rigen la convivencia pública y el interés activo por
las instituciones e intereses de la patria.
Explícita o implícitamente, el civismo es un tipo de pacto que incluye la defensa de unos derechos y que las personas
que adoptan este contrato asuman unos determinados deberes.
2. EDUCACIÓN CÍVICA
La educación cívica es una disciplina que estudia las relaciones sociales que los hombres establecen entre ellos y el
Estado. Estas relaciones se manifiestan en las diversas formas de organización social (familia, parentesco,
matrimonio), jurídica (normas, derechos, deberes, propiedad) y política (Estado, organismos constitucionales de este,
entre otros).
El curso de educación cívica nace con el fin de reforzar las nociones de ciudadanía, memoria e identidad, estableciendo
los deberes y derechos de diversos sujetos Estado, el desarrollo de las instituciones, la Constitución Política del
Perú, entre otros.
Respeto de
las normas
que rigen la
convivencia
pública.
Interés activo
por las
instituciones
e intereses
de la patria.
A. Ejes: Respeto de las normas que rigen la convivencia pública
Toda persona forma parte de una sociedad, la cual se encuentra organizada y se desarrolla sobre la base de reglas.
Estas son de diferente tipo, pues entre ellas se encuentran las reglas de conducta, las reglas morales e incluso las
normas jurídicas, de cumplimiento obligatorio para todos. El civismo implica precisamente la observancia de tales
reglas, entre las cuales se puede citar, a modo de ejemplo:
• Respetar las señales de tránsito.
• No arrojar los desperdicios de comida en la vía pública.
• No ensuciar ni manchar las paredes de las calles.
• Ceder el asiento en los buses a una mujer embarazada.
• Ayudar a los adultos mayores a cruzar la pista.
B. Ejes: Interés activo por las instituciones e intereses de la patria
El civismo también implica un interés por las instituciones e intereses de la patria.
Este es un decir consagrado en la más importante de nuestras normas jurídicas: la Constitución, cuyo artículo 38
señala: “Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de
respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación”.
Solo con este conocimiento se podrá formar en todos los ciudadanos una auténtica convicción sobre aquellos
intereses de la patria que debemos defender en cualquier circunstancia. Es decir, a partir del conocimiento de todo
aquello que nos une como nación podremos defender nuestros valores históricos y nuestra identidad ante cualquier
acto que tienda a menoscabarla.
Compendio -227-