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Cívica 5° San Marcos
1.2. CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido
y por la materia que refiere. La clasificación de carácter histórico se basa en el reconocimiento cronológico de los
Derechos Humanos por parte de un orden jurídico internacional. Según este enfoque se clasifican en tres
generaciones:
LOS DERECHOS HUMANOS SEGÚN GENERACIONES
GENERACIÓN CONTEXTO HISTÓRICO ÁMBITO INCLUYEN
La Declaración de los Derechos del Derecho:
Hombre y del Ciudadano,
adoptada durante la Revolución • A la vida e integridad
Francesa (1789). Derechos física.
Civiles y • A la libertad de opinión,
PRIMERA Políticos de conciencia y de
Estados Unidos los incorpora en su (Derechos religión.
Constitución Política. individuales) • A la nacionalidad.
La “Declaración de Derechos” entró • A elegir y ser elegido.
en vigencia el 15 de diciembre • A la propiedad.
de 1791.
Derecho:
Derechos • Al trabajo.
Desde fines del siglo XIX como Económicos, • A la seguridad social.
producto de los conflictos Sociales y • A un salario justo.
SEGUNDA
sociales y laborales derivados Culturales • Al derecho de huelga.
de la Revolución Industrial. (Derechos • A la sindicalización.
colectivos) • A la educación.
• Al descanso.
Después de la Segunda Guerra Derecho:
Mundial con la aprobación de la Derecho de los • A la paz.
Declaración Universal de los pueblos, o • A la libre determinación
Derechos Humanos (1948). derechos de la de los pueblos.
TERCERA
solidaridad • Al medio ambiente
Declaración Universal de los (Derechos sano.
Derechos de los Pueblos. colectivos) • Al patrimonio común de
(Argel, 1976). la humanidad.
Algunos expertos sostienen que tenemos derecho a la sociedad de la
información en condiciones de igualdad, al uso del espectro radioeléctrico, a la
autodeterminación informativa y seguridad digital, a la libre expresión por
medios informáticos, entre otros y son los de cuarta generación.
2. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Y LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
El Estado es la institución que garantiza y promueve el ejercicio de los Derechos Humanos.
Es el principal responsable de adoptar las medidas necesarias para lograr el ejercicio real
y efectivo de los derechos humanos por parte de todos.
El capítulo I de la Constitución Política del Perú, contiene los derechos fundamentales de
la persona. Sin duda se dirige a dar relevancia a la persona humana; a la que la
Constitución le concede el primer lugar de atención.
• Artículo 1°. - La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del
Estado.
• Artículo 2°. - Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su
libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. (Art. 2, inciso 1)
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