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Cívica 5° San Marcos
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Semana
CONCEPTO:
Son medios de defensa de los derechos reconocidos en la Constitución Política y de la supremacía de la Constitución
sobre cualquier otra norma jurídica vigente. Son mecanismos destinados a garantizar la plena vigencia de la
Constitución y de lo que ella dispone sobre cualquier otra norma, acto de alguna autoridad, funcionario u otra persona.
LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES EN EL PERÚ
Son acciones sumarias destinadas a asegurar los derechos constitucionales cuando han sido trasgredidos o estén
en peligro de serlo.
Tiene por objetivo: Reponer los derechos al Estado anterior a la violación.
La Constitución del 93 considera 6 Garantías Constitucionales en su artículo 200 título V :
1. Acción de Hábeas Corpus
2. Acción de Amparo
3. Acción dé Hábeas Data:
4. Acción de Inconstitucionalidad
5. Acción Popular
6. Acción de Cumplimiento
La Constitución del 93 incorpora 2 garantías más con respecto a la Constitución del 79 éstas son:
❖ Acción de Hábeas Data
❖ Acción de Cumplimiento
Las Garantías Constitucionales son:
1. ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS
Señala el artículo 200, inciso 1, "Son garantías constitucionales: La Acción de Hábeas Corpus, que
procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera
o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos"
Se debe señalar que:
− Se interpone ante: el juez especializado en lo penal
− Da derecho a una persona a recurrir a tribunales para que se le devuelva la libertad física o los derechos conexos
que le han sido arrebatados antijurídicamente
− No procede contra normas jurídicas porque contra ello procede la Acción de Inconstitucionalidad La presentación
de la Acción de Hábeas Corpus no se suspende durante el estado de emergencia y estado de sitio
− No sólo se presenta por el agravio de la libertad por las autoridades, sino también cuando dicho agravio viene de
funcionarios o de simples personas particulares.
2. ACCIÓN DEAMPARO
Señala el artículo 200, inciso 2, "Son garantías constitucionales": La Acción de Amparo, que
pro-cede contra el hecho u omisión por parte de cual-quier autoridad, funcionario o persona
que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución. No procede
contra normas legales ni contra resoluciones emanadas de procedimiento regular
Se debe señalar que:
− La Acción de Amparo protege los demás derechos que no sean considerados en el Hábeas Corpus y el Hábeas
Data.
− No proceden contra normas porque contra ellas se puede utilizar la Acción de Inconstitucionalidad y la Acción
Popular
− Se interpone ante Juez en lo Civil
− La presentación de la Acción de Amparo no se suspende durante los regímenes de excepción.
ACCIÓN DE HÁBEAS DATA
Compendio -247-