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Cívica                                                                          5° San Marcos

                       Señala el artículo 200, inciso 3, "Son garantías constitucionales": La Acción de Hábeas
                       Data  que  procede  contra  el  hecho  u  omisión,  por  parte  de  cualquier  autoridad,
                       funcionario o persona que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo
                       2, incisos 5 y 6 de la Constitución.


          NOTA: El artículo 2, incisos 5 y 6 tratan sobre:

              Inciso 5: Toda persona tiene derecho a la información, salvo 2 excepciones:

              −  Cuando la información afecte la intimidad de otras personas.
              −  Cuando la información no puede divulgarse porque lo prohíbe la lego porque tiene carácter reservado por
                 seguridad nacional.

              Inciso 6: Toda persona tiene derecho a que los servicios informáticos no suministren informaciones que afecten
                        la intimidad personal y familiar.

          Se debe señalar que

              −  Se presenta ante: Juez en lo Penal
              −  El Hábeas Data tiene por finalidad dar a las personas el derecho a recurrir a los tribunales para que se obligue
                 a actuar de acuerdo a derecho a toda autoridad funcionario, o persona que vulnera o amenaza los derechos
                 antes mencionados.

          4.  ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

                      Señala  el  artículo  200,  inciso  4,  "Son  garantías  constitucionales":  La  Acción  de
                      Inconstitucionalidad,  que  procede  contra  las  normas  que  tienen  rango  de  ley:  leyes,
                      decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados reglamentos del Congreso, normas
                      regiona-les  de  carácter  general  y  ordenanzas  municipales,  que  contravengan  la
                      Constitución en la forma o en el fondo"


          Se debe señalar que

              −  Se presenta ante: el Tribunal Constitucional
              −  Tiene como objetivo: Mantener la supremacía de la Constitución
              −  Lo pueden presentar

              1.  El Presidente de la República
              2.  El Fiscal de la Nación
              3.  El Defensor del Pueblo
              4.  30 Congresistas (25% del número legal de congresistas)
              5.  5 mil ciudadanos con firmas comprobadas por el JNE. Si la norma es una ordenanza municipal lo pueden
                 presentar el 1% de los ciudadanos del respectivo ámbito territorial
              6.  Los presidentes de región
              7.  Los colegios profesionales.

          5.   ACCIÓN POPULAR

           Señala el artículo 200, inciso 5 "Son garantías constitucionales": La Acción Popular, que procede por infracción
           de  la  Constitución  y  de  la  ley,  contra  los  reglamentos,  normas  administrativas  y  resoluciones  y  decretos  de
           carácter general cualquiera sea la autoridad de la que emanen"


          Se debe señalar que

          −   Se interpone ante.: Cortes Superiores
          −   Puede ser interpuesto por

             •   Ciudadanos peruanos en el pleno ejercicio de sus derechos
             •   Ciudadanos extranjeros residentes en el Perú
             •   La persona jurídica a través de sus representantes legales
             •   El Ministerio Público.






            Compendio                                                                                      -248-
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