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Desarrollo Personal, Ciudadanía y Cívica 2° Secundaria
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SEMANA
I. CONCEPTO: Es el poder del Estado encargado de aplicar la Constitución, las leyes y demás normas
jurídicas, con la finalidad de alcanzar la justicia, tiene la potestad de administrar justicia a nombre de la
Nación, potestad que emana del pueblo.
En su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario e
independiente en lo jurisdiccional, con sujeción a la Constitución y a su ley orgánica.
II. ÓRGANOS JURISDICCIONALES
A. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA
Es el órgano de máxima jerarquía. Su competencia se extiende a todo el territorio de la República. Su
sede es la capital e la misma. Está conformada por 18 vocales supremos.
B. CORTE SUPERIOR
Su competencia comprende un distrito judicial correspondiente. Tiene su sede en la ciudad señalada
por Ley. Cuenta con salas especializadas o mixtas conformadas por 3 vocales en cada sala, presididas
por el de mayor antigüedad.
C. JUZGADOS ESPECIALIZADOS
Órgano jurisdiccional de competencia en una provincia. En cada provincia hay cuando menos un juzgado
especializado, su sede es la capital de la provincia, su titular se denomina “Juez especializado”.
Los juzgados pueden ser:
Juzgados Civiles
Juzgados Penales
Juzgados de Trabajo
Juzgados Agrarios
Juzgados de Familia
D. JUZGADO DE PAZ LETRADO
Hay Juzgado de Paz Letrados, para conocer asuntos civiles, penales y laborales en los distritos que
solos o unidos a otros, alcanzan volúmenes demográficos rurales y urbanos y reúnan los requisitos que
establezca el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. La sede es determinada por el Consejo Ejecutivo
distrital respectivo. Su titular es el “Juez de Paz Letrado”. El cual debe de ser un abogado.
E. JUZGADO DE PAZ
Se establece cuando menos un Juzgado de Paz en todo centro poblado que alcance volumen
demográfico rural y urbano que señala el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, correspondiendo a este
fijar el número de Jueces de Paz para cada centro poblado.
El Juez de Paz es un notable ciudadano el cual no necesariamente debe ser un abogado, su función es
esencialmente conciliadora. Consecuentemente está facultado para proponer alternativas e solución a
las partes a fin de facilitar la conciliación, pero le está prohibido imponer un acuerdo.
III. ÓRGANOS DE GESTIÓN
La Dirección del Poder Judicial corresponde al Presidente de la Corte Suprema, a la Sala Plena de la Corte
Suprema y al Consejo Ejecutivo el Poder Judicial.
Ejercen sus funciones y atribuciones en todo el territorio nacional. En los distritos Judiciales la dirección
corresponde al Presidente de la Corte Superior, Al Consejo Ejecutivo Distrital y a la Sala Plena de dicha
Corte, en donde lo hubiere.
A. PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA
Es a su vez el Presidente del Poder Judicial. Es elegido entre los vocales supremos titulares reunidos
en la sala plena, por mayoría absoluta, por un periodo de dos años. El voto es secreto y no hay
reelección.
Atribuciones
Representar al Poder Judicial
Disponer la ejecución de acuerdos
Designar al vocal jefe del órgano de control de la Magistratura.
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