Page 8 - KIII - CIVICA 4SEC
P. 8

Economía-Cívica                                                                      4° Secundaria


          3. LA FUNCIÓN LEGISLATIVA EN EL PERÚ



             La supremacía o imperio de
             la Ley como expresión de la
             voluntad general constituye
             uno  de  los  componentes
             fundamentales  del  Estado
             Constitucional  de  Derecho.                   CONSTITUCIÓN
             Si  bien  las  leyes  o  normas
             tienen diferentes formas de
             ordenarse, una ley o norma                      TRATADOS
             inferior   no      puede                           LEYES :
             contradecir  a  una  ley  o                     ORGANICAS
             norma superior, por eso las                    ORDINARIAS
             normas    se     ordenan
             jerárquicamente  según  su              RESOLUCIONESLEGISLATIVAS
             importancia   o   rango,                        CONGRESO
             basándonos  en  la  pirámide
             de Kelsen.
                                                             DECRETOS :
                                                           LEGISLATIVOS
                                                            SUPREMOS
           La  Constitución  Política  del                   URGENCIA
           Perú  señala  varios  caminos              RESOLUCIONESSUPREMAS
           para  llegar  a  la  formulación  y
           promulgación de las leyes.               RESOLUCIONESMINISTERIALES
                                                          PODEREJECUTIVO



                                                          NORMASREGIONALES
                                                        ORDENANZASMUNICIPALES
                                                               DECRETOS
                                                             RESOLUCIONES
                                                    GOBIERNOSLOCALES Y REGIONALES









                                         El Presidente de la Republica y los congresistas, así como los otros
                                           poderes del Estado, las instituciones públicas autónomas, los
                     TIENEN DERECHO                  municipios y los colegios profesionales.
                       DE INICIATIVA
                                          Los ciudadanos, ejerciendo el derecho de iniciativa previsto en la
                                             Constitución, también pueden proponer proyectos de ley.



          Las propuestas o proyectos de ley o de resolución legislativa son  instrumentos mediante los cuales se ejerce el
          derecho de iniciativa legislativa y se promueve el procedimiento legislativo, con la finalidad de alcanzar la aprobación
          de una ley o resolución legislativa por el Congreso.







            Compendio                                                                                      -275-
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13