Page 6 - CAT III Civica l 5to SEC
P. 6
Cívica 5° católica
18
Semana
1. Sujeto de Derecho
Concepto: Dentro del derecho de las personas se conceptualiza que la persona humana es sujeto de derecho desde
su nacimiento. La vida humana comienza con la concepción.
Clasificación del sujeto de derecho:
A. El concebido
B. La persona natural
C. La persona jurídica
D. Las organizaciones no inscritas
E. Las comunidades campesinas y nativas
A. El Concebido: es sujeto de derecho para todo cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está
condicionada a que nazca vivo.
Aborto terapéutico: No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer
embarazada o de su representante legal, si lo tuviere, cuando es el único medio para salvar la vida de la
gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.
B. La Persona Natural: Aquella es la entidad individual y subsistente por sí misma, consciente de su propia
identidad.
Atributos: Son atributos de la persona natural lo
siguiente:
1. Capacidad jurídica:
Toda persona tiene capacidad jurídica para el
goce y ejercicio de sus derechos. El varón y la
mujer tienen igual capacidad de goce y de
ejercicio de los derechos civiles.
1.1 Capacidad de goce: Es la aptitud que posé una persona física para ser titular de derechos y obligaciones que
adquiere desde antes de ser concebido. Es decir, una persona no concebida aún, como un embrión humano, tiene
derechos de acuerdo a la legislación peruana y tratados internacionales que se han firmado.
1.2 Capacidad de ejercicio: La capacidad de ejercicio solo puede ser restringida por ley. Las personas con
discapacidad tienen capacidad de ejercicio en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la vida.
Compendio -94-