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primera infancia, toda vez que de ninguna o
manera sus derechos n
d
absolutos, o puede pretender que es el den e
únicoestudiante tro l
plan educa que se constituye como
tel tivo, depositario de
derechos, sino que por el contrario, los las
demás estudiantes y demás
estudiantes también son depositarios y beneficiarios de
derechos y
especialmente la primera infancia, prevaleciendo siempre los derechos
de la comunidad sobre los derechos de un particular como lo consagra
el artículo 01º de la Constitución Nacional, en todos los casos, también
l la
atendien o fragment de las d Cort
do a s os sentencias e e
Constitucional que se pronuncian
al respecto así:
“ d
L educa com derecho fundamental e
a ción o conlleva deberes l
estudiant d los cuales es someterse y cumplir
e, uno e el reglamento o
l p
a nor d comportamiento o e plant
s mas e establecidas r l el
Inteligencias Múltiples