Page 143 - MANUIDPHU
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                   "el                                                                    la

                   Estado,               sociedad y la familia son  educació

                   la                                 responsables de                   n".

                   No contribuye el padre  a la formación de la                             n
                   de  familia                          personalidad                        i

                   a                      d

                   l     estructur e           carácte        su hijo             pretext

                   a  ación               l    r  de          cuando, so              o de

                   una        enten        protección            -que           realidad

                   mal        dida         paterna               en             significa

                   cohonestar sus faltas-,                         que adelantan los

                   obstruye la labor                                        educadores

                   cuando lo corrigen, menos todavía si ello                           una
                   se refleja en                                                  actitud

                  agresiva e           irrespetuosa. Corte Constitucional, Sentencia
                  T-366 de

                  1997.

                  2. El o La estudiante tienen como compromiso, conocer el presente

                  Manual  de  Convivencia  Escolar,  para  cumplir  con  todas  sus
                  obligaciones  Inherentes  a  su  calidad  de  alumno(a)  activo(a)  del
                  INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE LAS INTELIGENCIAS

                  MULTIPLES, mostrando a cabalidad las conductas propias de un y una
                  adolescente maduro(a), respetuoso(a), responsable y digno(a). Siempre
                  resaltando su calidad de estudiante integral y cumpliendo sus deberes

                  tanto cívicos como sociales dentro de la institución educativa. Siempre
                  sobresaliendo  por  su  ejemplar  comportamiento  y  sus  conductas
                  intachables  y  propias  de  un  educando  con  inmejorable  desempeño,

                  comportamientos y acciones dignificantes, respetuosas y de acuerdo a
                  su edad psicológica y física. Para brindar también cumplimiento a los
                  artículos 15, 18, 42 numeral 3, articulo 43 numerales 2 y 3, Articulo 44






                                                                          Inteligencias Múltiples
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