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DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES.
Articulo 11. DEBERES DE LOS DOCENTES
La persona es sujeto de deberes y de derechos. El ejercicio de
los deberes y de los derechos de la persona implica el ejercicio
de la libertad con responsabilidad. La formación integral en el
ámbito de la libertad presupone la exigencia en el cumplimiento
de los deberes cuyo eje es el respeto por la propia dignidad y la
dignidad de los otros, de los propios derechos y de los derechos
de los otros.
Todos los docentes de EL INSTITUTO PARA EL
DESARROLLO DE LAS INTELIGENCIAS MULTPLES
tienen el deber de:
1. Contribuir con su experiencia y profesionalismo al logro de la
Visión, Misión y Objetivos Estratégicos trazados por la
institución, donde los valores, los principios éticos y morales
del buen ciudadano, sean los pilares fundamentales para el
cumplimiento de sus funciones.
2. Cumplir con todas las cláusulas del contrato de trabajo, con el
perfil requerido para su cargo, con las normas complementarias
emitidas por los diferentes niveles de autoridad del colegio.
3.Velar por el bienestar, la seguridad e integridad de los
estudiantes en todo momento, especialmente en los turnos de
vigilancia, desplazamientos terrestres y actividades culturales y
deportivas entre otras.
Inteligencias Múltiples