Page 12 - CÓDIGO DE ÉTICA CONSTELACIÓN
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4) El requisito de confidencialidad de la información debe mantenerse según las leyes
nacionales aplicables, hasta que esa información se haga pública y ya no afecte los intereses
de la S.A.C. Constelación, sus accionistas, clientes, usuarios o proveedores.
5) La Auditoria Interna de la S.A.C. Constelación, podrá controlar y verificar los flujos de
información, los archivos y cualquier otra información de la empresa a fin de corroborar si se
cumple con las restricciones enunciadas en este código y en resguardo de los intereses de la
S.A.C. Constelación, a estos efectos deberá tenerse en consideración la legislación nacional
vigente y en particular, todo lo concerniente a la preservación del derecho a la privacidad
6) La contraseña o password, equivale a la firma de un empleado, solo debe ser reconocida
por su titular y no puede por causa alguna divulgarse a terceros.
7) Los empleados son responsables directos en cuanto a tomar las medidas necesarias para
preservar la información de la empresa de los riesgos de daño o perdida, asegurando la
custodia por el tiempo que establezcan las leyes y las normas internas.
8) La documentación de las transacciones u operaciones del cliente o usuario deberán estar
disponibles cuando lo requieran las autoridades competentes en debida forma y apegada a
la ley.
9) Todo el personal, deberá considerar que el secreto bancario así como la reserva en materia
tributaria, no operarán en la investigación del delito de lavado de dinero y de activos; la
información que se reciba será utilizada exclusivamente para efecto de prueba en dicha
investigación y sólo podrá ser ordenada por el Fiscal General de la República o el Juez de la
causa en el momento procesal oportuno.
10) Se guardara confidencialidad de toda información transmitida o requerida y no se podrá
divulgarla a ninguna persona, incluso a los usuarios o clientes investigados.
11) Los directivos, el auditor interno y los auditores externos de la S.A.C Constelación deberán
mantener la más absoluta reserva respecto de los reportes que se encuentren relacionados
con clientes, usuarios, empleados y proveedores, absteniéndose de dar cualquier información
o noticia al respecto, que no sea a las autoridades competentes expresamente previstas.
12) Los directores, funcionarios y empleados no podrán generar actos u omisiones que
causen perjuicios a la institución o a terceros.
13) El personal no se podrá aprovechar de la información para su lucro personal o de
terceros.
14) Los depósitos y captaciones que se reciban, están sujetas a secreto y podrá proporcionarse
información sobre esas operaciones sólo a su titular, a la persona que lo represente
legalmente y las autoridades competentes.
15) No se podrá utilizar ningún dispositivo tecnológico para obtener datos, e información
reservada o confidencial.