Page 6 - CÓDIGO DE ÉTICA CONSTELACIÓN
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        iv.    Integridad en el uso de los recursos de la Institución.


            Se deben tratar todos los recursos, incluyendo el nombre de cada quien, como activos de
            gran  valor  y  no  usarlos  de  manera  que  puedan  ser  interpretados  como  imprudentes,
            impropios o para beneficio personal.


            El  uso  de  la  información  y  los  recursos  destinados  al  proceso  y  conservación  de
            información deberá  ajustarse a las normas  internas y externas, incluido lo relacionado
            con  la  utilización  exclusiva  del  sistema  informático  que  la  S.A.C Constelación    haya
            adquirido.


            Los servicios externos que requieran la S.A.C Constelación deben escogerse a partir de la
            calidad de los mismos o la competitividad de sus tarifas de acuerdo con las políticas de
            cada entidad.


            La competencia por negocios, estará basada en la calidad y precio de los servicios
            ofrecidos por cada Institución y el beneficio en general que reciban los Clientes. No se
            debe participar en ningún pago o clase de arreglo que viole este principio.


        VI.    MANEJO DE CONFLICTOS DE INTERESES
        Se entiende por conflicto de interés, toda situación de interferencia entre esferas de interés,
        en las cuales una persona puede sacar provecho para sí o para un tercero, valiéndose de las
        decisiones que él mismo tome, frente a distintas alternativas de conducta, en razón de la
        actividad que desarrolla, y cuya realización implicaría la omisión de sus deberes legales,
        contractuales o morales a los que se encuentra sujeto.


        En un conflicto de intereses se pueden identificar los siguientes elementos:

            - Una interferencia entre esferas de interés.
            - Varias alternativas de conducta, dependientes de una decisión propia.
            - Aprovechamiento de la situación para sí o para un tercero.
            - Omisión de un deber legal, contractual o moral.

        Los conflictos de interés generan un efecto negativo en la transparencia, equidad y buena fe
        que deben caracterizar las relaciones de negocios. Por ende, los conflictos de interés se
        relacionan directamente con cuestiones eminentemente éticas, que pueden o no tener
        consagración legal y que pueden  tener diversas causas. La S.A.C Constelación ha establecido
        prácticas prohibidas y otras controladas con miras a evitar conflictos de interés, como un
        mecanismo de prevención:

            a) Con miras a conservar la confianza y seguridad del público, que son los fundamentos de
            una sana actividad comercial, la honestidad, la probidad y el cumplimiento de los deberes
            legales, contractuales y morales, será la Junta Directiva o Alta Gerencia que rijan la
            conducta de los funcionarios de la S.A.C Constelación, dentro y fuera de ellas.
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