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                  GERENCIA       MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS              Fecha: 25/11/2020
       AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
                                                                                         Página 269 de 310





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              PG_CPI_01  PROCESO  DE  SELECCIÓN  Y  CONTRATACIÓN  DEL  PI  VINCULADO  A  PROYECTOS  DE
              INVESTIGACIÓN

              1.  OBJETO Y ALCANCE
                  Objeto: es la regulación del procedimiento de selección y contratación del personal contratado con
                  cargo  a  proyectos  de  investigación,  conforme  a  lo  regulado  en  el  artículo  48  de  la  LOU,
                  independientemente de que la financiación de los proyectos sea propia de la Universidad o externa
                  a la misma.
                  Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este procedimiento, las convocatorias de selección y
                  contratación de personal investigador para las modalidades reguladas en los artículos 20, 21, 22 y
                  23 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
                  Alcance:

                        Personal investigador.- Se considera personal investigador, según lo establecido en la Ley
                         14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia y la Tecnología y la Innovación, al personal que, provisto
                         de la titulación correspondiente, lleva a cabo una actividad investigadora, entendida como
                         el  trabajo  creativo  realizado  de  forma  sistemática  para  incrementar  el  volumen  de
                         conocimientos, incluidos los relativos al ser humano, la cultura y la sociedad, el uso de esos
                         conocimientos para crear nuevas aplicaciones, su transferencia y divulgación..
                        Personal de apoyo en tareas de investigación. - Se considera personal de apoyo en tareas
                         de investigación, al personal contratado para colaborar en el desarrollo de los proyectos y
                         actividades  concretas  de  investigación  científica  o  técnica,  y  que  no  realiza  actividad
                         investigadora. DEFINICIONES


              2.  DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
                  Normativa:

                        Ley Orgánica 6/2011, de 21 de diciembre, de Universidades (en adelante, LOU)
                        Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por el
                         Real Decreto-ley 3/2019, de 8 de febrero, de medidas urgentes en el ámbito de la Ciencia,
                         la Tecnología, la Innovación y la Universidad.
                        Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
                         de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
                        Estatutos de la Universidad


              3.  DESARROLLO

               Las bases de las convocatorias serán comunes para todas las propuestas de contratación, según el


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