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Derechos Humanos o la inexistencia
de aquellas en las que se soporta la
violación.
c) Análisis de las causas de no
violación a Derechos Humanos.
d) Conclusiones.
Los acuerdos de no responsabilidad
son notificados de inmediato a los
quejosos y a las autoridades o
servidores públicos involucrados y
Documentos serán publicados en la Gaceta de la
Comisión Nacional de los Derechos
Humanos.
Emitidos por la CNDH: Emitidos por la CODHEY:
1.- Recomendaciones. 1.-El Presidente, el Oficial de
Quejas, Orientación y Seguimiento
Las recomendaciones constituyen y los Visitadores podrán hacer
una enérgica solicitud a la autoridad peticiones en el curso de las
para que se brinde la adecuada investigaciones que realicen.
atención a la víctima, de tal forma
que le permita restituir su situación Las peticiones deberán ser atendidas
al estado en el que se encontraba por las autoridades y servidores
antes de sufrir el daño. públicos de manera obligatoria. En
caso de incumplimiento, se estará a
2.- Acuerdos de responsabilidad.
lo dispuesto en el Título Quinto,
Si al concluir la investigación de la Capítulo II de la presente Ley.
queja se demuestra la no existencia 2.- La petición procede:
de violaciones a Derechos
Humanos, o de no haberse I. Cuando se solicitan informes
acreditado esta de manera sobre presuntas violaciones o sobre
fehaciente, entonces se elabora el presuntos incumplimientos en las
acuerdo de no responsabilidad que obligaciones de las autoridades o
debe contener los siguientes servidores públicos.
aspectos:
II. Cuando se soliciten documentos
a) Antecedentes de los hechos que o cualquier otro tipo de pruebas.
fueron alegados como violatorios de III. Cuando se solicite la
Derechos Humanos.
comparecencia de un funcionario.
b) Enumeración de las evidencias IV. Cuando se solicite el cese de las
que demuestran la no violación de
violaciones a los Derechos